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Chilevisión paga las culpas de Piñeragate

El artículo 161-A del Código de Procedimiento Penal es aplicado por primera vez desde su promulgación. Aunque la norma no pertenece ni se relaciona directamente con la Nueva Ley de Prensa, ha servido para sancionar conductas practicadas en el ejercicio del periodismo.


El auto de procesamiento dictado por la ministra en visita, Gloria Pérez, en contra de la plana mayor de Chilevisión puso una vez más en el centro del debate el tema de la libertad de informar e informarse, y las condiciones del ejercicio del periodismo en Chile. Esto porque, pese a lo tipificado como delito en el artículo 161- A del Código de Procedimiento Penal, por primera vez desde que esta norma fue incorporada a la legislación, ha operado esta vez en un ámbito en el que la nueva Ley de Prensa no tiene validez, al menos en la forma.



Conocida como "Ley Otero", la incorporación del artículo 161-A modificó las sanciones para los delitos «contra el respeto y protección a la vida privada y pública de la persona y su familia". La modificación, promovida por el ex senador Miguel Otero, a quien debe su nombre, fue aprobada por el Congreso Nacional y señala que quien grabe o capte imágenes en un recinto privado sin autorización, comete un delito. Quien las divulgue, también.



Aunque nada tenía que ver con el ámbito de la nueva Ley de Prensa que se discutía, el debutante artículo fue incluido en reemplazo del N° 22 de la Ley sobre Abusos de Publicidad, que regía hasta entonces el ejercicio del periodismo.



El ex senador de derecha promovió la iniciativa tocado por las graves repercusiones electorales que tuvo en su sector la intervención telefónica de que fue objeto Sebastián Piñera, en 1992, conocido periodísticamente como "Piñeragate".



En esa época, el actual timonel de RN se perfilaba como candidato presidencial cuando un funcionario de Telecomunicaciones del Ejército, adscrito al DINE, el capitán Fernando Diez, intervino una llamada en la que Piñera urdía una artimaña para perjudicar a su contrincante en la carrera para ser la abanderada del sector, la actual senadora UDI Evelyn Matthei.



La conversación telefónica de Piñera fue captada, grabada y más tarde difundida a través del canal Megavisión, hoy Mega. La divulgación de la grabación fue realizada por el mismo dueño de la estación privada, el empresario Ricardo Claro.



Hubo dos afectados, Piñera por el uso no autorizado de un registro de audio y Matthei como víctima de la artimaña en curso evidenciada en esa grabación y que se frustró cuando el diálogo telefónico fue hecho público. Condenados no hubo. No había una ley de prensa ni menos una norma que sancionara adecuadamente esas conductas, tampoco un artículo 161-A. Todo a fojas cero.



Junto con reducir a cenizas las aspiraciones presidenciales de Sebastián Piñera, el caso de las intervenciones telefónicas no sólo motivó la labor legislativa del ex senador Otero, que dio origen a la norma que hoy tiene en problemas a Chilevisión. En aquella ocasión, como ahora, la libertad de prensa surgió como el punto central de un debate que no parece arrojar resultados para un ejercicio al menos óptimo de ese derecho.



Los efectos de la ley Otero



Sin aplicarse, el artículo 161-A se convirtió en un apéndice de la nueva Ley de Prensa, la cual se ganó el apelativo de "pequeño avance" para la lbertad de expresión, una vez promovida por el actual Gobierno en mayo del año 2000.



Aunque se trata de la primera vez que las figuras de la nueva norma son aplicadas por un juez, en esta ocasión contra los ejecutivos y profesionales de Chilevisión, la regla ha concitado el permanente rechazo del Colegio de Periodistas por considerar que se trata de una severa restricción a la libertad de prensa.



Durante la discusión de la nueva Ley de Prensa el Colegio de Periodistas reclamó al gobierno que en su decisión de promover una nueva regulación para el ejercicio del periodismo debía considerar antes la derogación del 161 -A. Para la orden, no se conseguía nada con elaborar una nueva normativa, mientras existiera el mencionado artículo.



A pesar que se avanzaba en una ley más congruente con los tiempos, durante el debate los dirigentes del gremio hicieron ver al Ejecutivo y a los parlamentarios que en ese tema era necesario discutir mucho más para lograr el equilibrio adecuado entre los principios de libertad de expresión y el derecho a la vida privada de las personas.



El Gobierno dijo acoger las inquietudes de la orden profesional y se comprometió a hacer todo lo que estuviera a su alcance para promover la derogación del artículo en cuestión. Eso hace dos años.



El Director Ejecutivo de Chilevisión Jaime de Aguirre, el subdirector de Prensa Patricio Caldichoury, el periodista Fernando Reyes y el productor Raúl Poblete fueron procesados por grabar y captar la imágenes de la conversación del juez Daniel Calvo; Alejandro Guillier, además de lo anterior, por difundirlas. En ambos casos, la jueza estimó que las acciones emprendidas por los imputados les hace responsables en calidad de autores de los ilícitos tipificados en artículo 161-A.



El artículo 161-A hizo su debut para frenar conductas que, a primera vista, podrían ser cuestionadas por su forma y no en el fondo y Chilevisión sirvió como "conejillo de indias" y podría seguir siéndolo, si los mismos delitos singularizados por la ministra Gabriela Pérez se configuran como tales en el caso de las grabaciones hechas con cámara oculta a la médico psiquiatra, María Luisa Cordero y sus famosas "licencias falsas".



Ahora que la libertad de prensa ocupará nuevamente páginas y espacios informativos, la pregunta de dónde estuvo el error de Chilevisión será recurrente en el debate sobre la regulación equilibrada del ejercicio periodístico.



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