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Hijo de juez de la Corte Suprema que exculpó a Celco fue abogado de Celulosa

Nulo podría quedar el fallo que revocó la clausura de la planta Valdivia de Celulosa Arauco, decretado por la Primera Sala de la Corte Suprema, en caso de configurarse la causal de »implicancia» al juez Eleodoro Ortíz. Esto porque uno de sus hijos estuvo vinculado a una causa de esa misma empresa hasta enero de este año. El ministro Ortíz se encuentra con licencia médica a partir de ayer (actualizada).


La revocación del fallo que ordenaba el cierre de la planta Valdivia de Celulosa Arauco y Constitución S.A. (Celco), dictada por parte de la Primera Sala de la Corte Suprema el 30 de mayo pasado, motivó a un grupo de parlamentarios a presentar el miércoles, una acusación constitucional contra los ministros del máximo tribunal Domingo Kokisch, Jorge Rodríguez y Eleodoro Ortíz, por "notable abandono de deberes".



Lo anterior, debido a la falta de acuciosidad en la revisión de los argumentos científicos que Celco presentó para revertir la medida, especialmente porque no se dieron cuenta que los abogados de la celulosa atribuyeron un estudio al EULA de la Universidad de Concepción, siendo que era de autoría de la propia empresa.



No obstante, ahora se suma otro antecedente, luego que este medio supo que uno de los hijos del ministro Eleodoro Ortíz -que tiene su mismo nombre de pila y también es abogado- llevó hasta enero de este año una causa en favor de Celco en la Octava Región.



Se trata del proceso laboral rol 2356-2003 de la Corte de Apelaciones de Concepción, donde Eleodoro Ortíz Jiménez aparece como abogado de la empresa y de José Riquelme Bustos, un contratista de Celco. Por este motivo el fallo podría ser declarado nulo si se invoca la causal de implicancia y si el Pleno del Máximo Tribunal acoge dicha presentación por parte del abogado que representa al grupo ciudadano Acción por los Cisnes, Vladimir Riesco.



Causales de implicancia



En el artículo 195 del Código Orgánico de Tribunales, se especifican las causales de implicancia que pueden afectar a un determinado juez en la vista de un proceso. En el inciso número cuatro se establece que ser juez, con ascendencia o descendencia legal con abogados de cualquiera de las partes, puede significar la inhabilitación para resolver determinadas causas judiciales.



Dicho inciso, es el que más pone en duda la facultad que tenía Eleodoro Ortíz al momento de resolver el recurso de protección presentado en contra de la planta Valdivia de Celulosa Arauco y Constitución debido a que su hijo estuvo en algún momento ligado directa o indirectamente a la empresa.



La implicancia, a su vez, es una causal de nulidad para cualquier proceso, es decir, de llegarse a comprobar la efectividad de esta relación directa entre el hijo del ministro con Celco, se debería decretar la nulidad por la Primera Sala de la Corte Suprema.



Si en su momento ninguna de las partes puso reparos a la posibilidad que este ministro viera la causa, el magistrado podría haberse acogido al artículo 126 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que un magistrado puede inhabilitarse por propia iniciativa poniendo de manifiesto la posible causal de inhabilidad que lo afecta para que las partes, dentro de un plazo de cinco días, puedan acoger este argumento y recusarlo para la vista de la causa.



Además, la implicancia tiene efecto retroactivo, no es como la recusación, sino que una causal de este tipo se puede hacer valer incluso después que el juicio se ha fallado. En caso que quienes pusieron el recurso de protección inicial presenten esta causal quien debe pronunciarse debe ser el propio pleno de la Corte Suprema, menos el miembro implicado.



Lo anterior también se puede tomar desde el punto de vista restringido o amplio, es decir, si el hijo ya no es parte de causas de la empresa en cuestión podría no estar implicado. Ahora en la parte general, si debió haberse excluido toda vez que un familiar directo estuvo relacionado con litigios de la celulosa.



Incluso el hijo del ministro Ortíz, se inhabilitó antes en la causa rol 1489-2001, cuando era abogado integrante de la Corte de Apelaciones Concepción, en un juicio entre Forestal Celco S.A., y Fabián Cabrera, invocando el artículo 195 N°8 del Código Orgánico de Tribunales en relación con la "cuestión debatida".



Versión del hijo



Este hecho, sin duda, puede complicar al alto magistrado, ya que la tradición de la Corte es nombrar a los integrantes más antiguos en la presidencia del máximo tribunal y Eleodoro Ortíz figura como un candidato con grandes posibilidades de reemplazar a Marcos Libendisky.



El Mostrador.cl se contactó el miércoles con el hijo del ministro de la Corte Suprema, quien reside en la comuna de Arauco, para saber si efectivamente seguía llevando alguna causa para la empresa, y éste señaló textualmente que "ninguna".



Ahora, en relación a la causa citada anteriormente, indicó que ese caso ya está terminado.



"Eso está terminado. Ahí yo defendí a don José Riquelme. Lo que pasa es que en ese caso era Celulosa Arauco la demandada, subsidiaria de José Riquelme (sic)", sostuvo.



A partir de allí no fue posible obtener más antecedentes sobre el particular, ya que el abogado señaló que se querellaría contra este medio de publicar algo relacionado con este tema. Sin embargo, El Mostrador.cl quiere dejar establecido que en ningún caso se está cuestionando el trabajo profesional de Eleodoro Ortíz, sino el hecho de si efectivamente correspondía o no que su padre se abstuviera de pronunciarse en el bullado caso.



La causa patrocinada por Ortíz se vio por primera vez en marzo de 2004 en la Corte de Apelaciones de la Octava Región y se cerró definitivamente el 4 de enero de 2005, tal como consta en la causa rol 2609-2004 de la Sección Civil del tribunal de alzada.



Cercanos al ministro de la Corte Suprema señalaron que éste no haría declaraciones sobre el tema. Además informaron que a partir de ayer está con licencia e internado en la clínica Las Condes donde se le están practicando algunos chequeos médicos.



Acción por los Cisnes



Por su parte, el abogado querellante en caso, Vladimir Riesco, del grupo ciudadano Acción por los Cisnes, dijo que van a ponderar los antecedentes para evaluar si correspondería la inhabilidad del magistrado en la causa.



"Esta es una información nueva que tenemos que evaluar. Es un antecedente más que se suma a esta causa. Hoy el tema está claramente planteado ante el Congreso donde está la acusación constitucional y creo que es ahí donde se debe plantear en primera instancia la situación para que se la pondere y luego revisar si existen causas pendientes de algún familiar para hacer la presentación respectiva a algún tribunal", sostuvo.



"Este tema es fregado, porque uno se plantea ante un tribunal y uno confía en que el tribunal va a juzgar adecuadamente la causa en base al mérito del proceso y no en base a elementos externos. Ese es la visión que uno tiene de tribunales. Ahora, si surgen situaciones que contaminan esa objetividad, es una cuestión que es grave. Para eso existen los mecanismos de implicancia y recusación que contempla la ley y, en este caso, si existen causas pendientes y hay una causal de implicancia, ésta debió haber sido denunciada unilateralmente por el afectado", agregó.



Finalmente, Riesco puntualizó que en la causa no consta que el ministro haya presentado alguna prevención en ese sentido y que como abogado recurrente desconocía estos hechos.-





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