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«El gobierno ya tiene acotado un proyecto para derogación de la Amnistía»

Profesional, que pertenece al staff asesor de la Concertación sobre el tema, sostiene que reciente fallo de la CIDH entrega una oportunidad al país, no sólo de refrendar su política respecto de los DDHH fundamentales, sino también frente a derechos de última generación, como los de los pueblos indígenas, los ambientales e incluso los de las minorías sexuales, como el caso que afecta a la jueza Karen Atala.


El abogado Luis Correa Bluas, parte del staff de profesionales convocados por la Concertación a los efectos de barajar fórmulas jurídicas tendientes a lograr la anulación o derogación de la ley de Amnistía, defendió la tesis de que una eventual derogación de la norma "no es un acto meramente simbólico, sino que también tiene efectos jurídicos".



El profesional confirmó a El Mostrador.cl que el Ejecutivo ya tiene "un proyecto bastante acotado para estos efectos", aunque no adelantó en qué fecha podía ser ingresado al Congreso.



"La Presidenta, en concordancia con el anuncio que hizo en su última visita a la Villa Grimaldi, convocó urgentemente a un grupo de abogados y otros asesores, para que, dentro de un esfuerzo que ya se venía estudiando de antemano, se acelerara una solución legal de este tema, tras el reciente fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos", indicó.



"Lo que hace esta recomendación de la Corte Interamericana, es decir que después de diez años de investigación, usted, como Estado, debe adecuar la normativa chilena a la norma internacional, que es un compromiso que ha suscrito, y con el cual está en mora desde hace varios años", explica.



El profesional, al contrario de algunas opiniones -en especial provenientes de la derecha- que indican que es complejo plantear la derogación o anulación de la norma por la vía legislativa, considera que el fallo del organismo internacional representa "una gran oportunidad para el país de adecuar su legislación a las normas internacionales".



"La derogación de la Ley de Amnistía fue y ha sido un principio que se asumió en la Concertación desde el año 90 y la interpretación que hizo la Segunda Sala Penal, desde el año 90 en adelante, lo que hizo fue intentar superar por la vía de la norma internacional humanitaria la ley de Amnistía, pero la derogación de esta ley tiene efectos concretos", señala.



El inculpado se perdona a sí mismo



Sostiene que ello es un argumento muy potente incluso para casos donde se han visto involucrados altos ex miembros de las FFAA, de los aparatos de seguridad o el propio general Augusto Pinochet, "porque cuando se ha tratado su desafuero uno de los argumentos que se ha sostenido es la existencia de esta ley y lo que se hace aquí es ratificar que no es razonable que el propio inculpado se perdone a sí mismo".



"En este sentido se deroga el perdonazo que el sindicado como culpable, en múltiples casos de violaciones de derechos humanos, se da a sí mismo".



Respecto de los efectos prácticos en las sentencias que fueron dictadas conformes a las normas humanitarias internacionales, éstas se mantendrían "razonablemente a firme", dice.



"En cambio, las sentencias que han sido dadas en contradicción a las normas humanitarias y que han sido dictadas amparadas en la ley de Amnistía se van a traducir en un problema jurídico bien importante y no menor, que ya lo planteaba el presidente de la Corte Suprema, donde van a colisionar dos principios: por un lado, que se trata de crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y por ende, imprescriptibles; y por otro, el principio de la ley más favorable al reo, que este caso sería la ley de Amnistía".



"Quienes hemos hecho convicción respecto de la defensa de los derechos humanos, entendemos que frente al principio de la ley más favorable, por una parte, y el principio o el derecho a la vida, el principio pro-reo cede frente a estos derechos humanitarios que garantizan la vida y, por ende, las cortes debieran fallar en conformidad con este nuevo criterio".



Casos de tortura y detención ilegal



"Lo que sí va a pasar, respecto de las causas que no han sido falladas, que son muchísimas, es que en la gran mayoría efectivamente se pueden aplicar las normas internacionales y eso tiene mucha importancia. Hay muchas causas que no sólo tienen que ver con detenidos desaparecidos, sino también con tortura, con detenciones ilegales, que no han sido discutidas propiamente como tales".



Esto ocurre porque, si se deroga la Ley de Amnistía, "se rompen las reglas de la prescripción y personas que, por ejemplo, que no intercedieron o no presentaron querellas criminales por torturas, que en la gran mayoría de los casos no han sido ventilados por los Tribunales, ahora van a poder hacerlo. Porque al derogarse la ley de Amnistía, van a ser aplicables las normas del derecho internacional y, por ende, por delitos que se considera imprescriptibles. Respecto del delito de tortura es imprescriptible la acción penal y eso va a significar una seguidilla interesante de casos que van a llegar al Poder Judicial".



Correa Bluas insiste en defender la tesis de la derogación porque hasta hoy "ocurre que no todos los tribunales, ni todos los jueces, han votado en conformidad con las normas humanitarias internacionales. Hace poco tuvimos un caso de la Corte de Apelaciones de Santiago, en que se cuestionó la tesis del secuestro permanente. Todavía hay abogados y ministros que creen eso y todavía hay escuelas de Derecho en que no se discute la aplicación de esta ley, dictada durante el régimen militar".



En cualquier caso, sostiene Correa Bluas, sería muy importante que el Estado chileno adecuara sus normas al respecto, porque, recordó, no sólo se está hablando de eventuales delitos cometidos en dictadura, sino también en el periodo democrático, que tienen que ver con otro tipo de violaciones a los derechos humanos de última generación, como por ejemplo, los derechos de los pueblos indígenas, los temas ambientales e incluso los de las minorías sexuales, como el de la jueza Karen Atala.



De hecho, algunos de los próximos casos a analizarse en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos son los de la propia jueza Atala, que demandó al Estado por el fallo de la Corte Suprema que le quitó la custodia de sus hijas, por su condición de homosexual, y el caso de Marcela Valdés, ex teniente de Carabineros, que fue exonerada por denunciar maltrato físico de su marido.



Asimismo, en las próximas semanas, la Corte Suprema deberá fallar al menos dos causas de DDHH en las que los inculpados invocan la Ley de Amnistía.



"La actual es una oportunidad inmejorable para adecuar la legislación chilena al cumplimiento de estos derechos humanos de última generación", sostiene Bluas.



Tribunal Constitucional



Por su parte, el abogado, profesor de Derecho Constitucional y activista medioambiental Luis Mariano Rendón, sostuvo que otra forma adecuada de poner en cuestión la ley de amnistía, sería acudir al Tribunal Constitucional, porque a partir de las últimas modificaciones constitucionales al organismo, éste tiene la facultad de dirimir entre la normas internacionales humanitarias y las normas chilenas.



"Lo que correspondería en las causas pendientes es que se recurra al Tribunal Constitucional, que es a quien le correspondería dirimir esta situación", indica.

"Cualquiera de las partes o el propio juez, de oficio, puede recurrir al Tribunal Constitucional, lo que podría hacerse en cada caso, pero conforme van existiendo precedentes, también se puede pedir la inaplicabilidad en términos generales".



Sostiene que esta vía ante el Tribunal Constitucional, que sólo es posible de ocupar luego de las nuevas atribuciones que lograra el organismo tras las ultimas reformas constitucionales, sería mucho más directa que la derogación por la vía parlamentaria, porque allí, según él, existen algunas complicaciones, como el tema de la retroactividad de la ley penal.



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