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Contraloría descarta anomalías en dietas de Ajenjo por directorios de EFE

Organismo fiscalizador desestimó que exista incompatibilidad en que el presidente de compañía integre, al mismo tiempo, directorios de filiales con derecho a remuneración. El ex funcionario, que recibió $ 163 millones entre 2000 y 20006 por participar en cuatro firmas, estimó que en este caso »se actuó con maldad».


La Contraloría General de la República desestimó este viernes la existencia de alguna incompatibilidad en las dietas por $ 163.899.549 que el ex presidente de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE) Luis Ajenjo (DC) recibió entre 2000 y 2006, por concepto de integración de directorios de firmas estatales.



La resolución del organismo fiscalizador establece que en el caso de Ajenjo "no es dable aplicar la incompatibilidad" de no integrar más de un directorio de empresas estatales con derecho a dieta establecidas en las leyes orgánica de EFE y la ley 19.863, que reguló las remuneraciones de autoridades de Gobierno y cargos críticos de la administración pública.



"A los directores de EFE que no revistan las cualidades aludidas a la época de tales desempeño, no es afecta a la referida incompatibilidad", sostiene la resolución dictada este viernes por el contralor general de la República, Ramiro Mendoza.



Ajenjo recibió $ 43.711.804 entre enero de 2003 y abril de 2006, bajo el concepto de dieta de director de Ferrocarriles; $ 29.443.256 entre marzo de 2004 y abril 2006, por la empresa de Ferrocarriles Suburbanos de Concepción; $ 23.359.228, entre abril de 2003 y abril de 2006, por Metro de Valparaíso; y $67.385.261 entre abril de 2000 y abril de 2006, por el Metro.



Los diputados Nicolás Monckeberg (RN) y Fidel Espinoza (PS) cuestionaban que Ajenjo hubiese integrado más de un directorio cuando ocupó la presidencia de EFE, pues a su juicio ello es incompatible con las restricciones establecidas en la ley 19.863, surgida en un acuerdo político tras los escándalos de sobresueldos registrados al interior del Ministerio de Obras Públicas (MOP).



Norma no es interpretable



La mencionada normativa establece que una Asignación de Dirección Superior al Presidente de la República, los ministros, los subsecretarios, los intendentes, determinados jefes de servicios, y que dicho emolumento es incompatible con cualquier otro pago de origen público o privado, con excepción de las referidas por concepto de integración de directorios.



Sin embargo, también señala que "las autoridades a que se refiere este artículo y los demás funcionarios públicos no podrán integrar más de uno directorio o consejo de empresas o entidades del Estado con derecho a percibir dieta o remuneración. Con todo, la dieta o remuneración que les corresponda en su calidad de directores o consejeros no podrá exceder mensualmente del equivalente en pesos de 24 UTM».



Dichas restricciones también se hacen extensivas a quienes reciban la Asignación por el Desempeño de Funciones Críticas, según lo consigna el artículo 2 de la mencionada normativa.



«En tales condiciones y como puede advertirse, no se aprecian, ni en el texto de las normas examinadas ni en los antecedentes de la historia de su establecimiento (Â…) elementos de juicio que permitan entender que el límite en lo referente a la integración de directorios de las empresas se extienda a personas que no revistan las cualidades aludidas", señala.



La Contraloría también advierte que "una limitación para la integración de más de un directorio de empresas con derecho a remuneración, aplicable a toda persona, afectaría la libertad de trabajo, la admisión a todas las funciones públicas y el derecho a desarrollar cualquier actividad económica".



«Además, debe hacerse notar que la integración de un directorio o consejo como aquellos de que trata, importa naturalmente el deber de retribuir tal prestación, a menos evidentemente que un texto legal disponga lo contrario, esto es, la gratuidad de la función", señala.



Asimismo, considera que "las incompatibilidades examinadas constituyen limitaciones de derecho público, por lo que la aplicación de las normas que las establecen sólo deben dirigirse a los casos expresa y explícitamente contemplados en la normativa que las instituye, desde el momento en que se trata de preceptos de derecho estricto y ni puede hacerse extensiva a otros, sea por similitud, analogía o extensión, conforme al principio de la interpretación restrictiva de los preceptos de excepción unánimemente aceptados".



Ajenjo: Se actuó con maldad



Tras conocer la resolución judicial, Ajenjo se declaró "tranquilo y contento", asegurando que nunca tuvo dudas sobre la legalidad y legitimidad de sus remuneraciones, pues en 2003 se aclaró que las incompatibilidades «de ninguna manera, alcanzaba a quienes no éramos funcionarios, sino simplemente directores».



En declaraciones a la radio Cooperativa, afirmó que ello lo hizo presente también a los diputados Monckeberg y Espinoza, pero "como no lo aceptaron, fui convenciéndome de que se buscaba otra cosa", considerando que ambos sabían en qué consistía la ley.



«Sabían positivamente para qué era la ley y cuál era su sentido (…) y pretendieron que fuera aplicable a mí y otras personas que no éramos funcionarios ni ocupábamos algunos de estos altos cargos en el Estado (Â…) Eso lo sabían, pero se buscaba ganar titulares", acusó.



Ajenjo descartó anticipar acciones judiciales contra sus acusadores o pedir que le entreguen disculpas. «Se me hace justicia (con el fallo). Sí como esta denuncia se cae de manera estrepitosa, se van a ir cayendo todas las demás que se han hecho de manera infundada", afirmó.



En el mismo sentido, sostuvo que "efectivamente, creo que se actuó con maldad. Hubo oportunidad de reflexionar y escuchar argumentos. En la comisión entregué los antecedentes. Creo que ni siquiera fueron leídos. Cuando no se escucha a la contraparte, no se entienden los argumentos y se hacen las denuncias públicamente (…) es muy grave, (pues) se está jugando con la función pública y la honra de las personas".



También se manifestó "dolido" por las actitudes de algunos parlamentarios de la Concertación. «Soy partidario del Gobierno y tengo una gran vocación concertacionista, que está por arriba de estas cosas. Les pediría un momento de reflexión y calma a estos diputados, que se han dejado arrastrar por la derecha por estas denuncias", puntualizó.





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Vea el fallo (En PDF)

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