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Advierten que primarias RN en Lo Barnechea vulneran ley de gasto electoral

Folletos de aspirantes son repartidos en el marco de una precampaña para definir al candidato del partido para las municipales de octubre. Corporaciones ciudadanas catalogan acción como »propaganda electoral» anticipada, producto la ambigüedad de la norma y de la falta de una regularización de las primarias.


La situación es la siguiente. La actual alcaldesa de Lo Barnechea, Marta Ehlers (RN), no repostulará por el municipio, dejando abierta la posibilidad para otros candidatos.



En este escenario, RN ha exigido varios requisitos a quienes deseen ser candidatos a las primarias internas del partido, entre estos, darse a conocer a la comunidad, respaldar su opción a través de firmas de los electores y buscar adhesión de organizaciones comunales o el patrocinio de personalidades destacadas.



El proceso se extiende desde el 17 de diciembre de 2007 hasta este viernes 18 de enero y hay siete postulantes para las futuras primarias.



En este contexto, los precandidatos Rodrigo Ubilla y Ximena Ossandón han iniciado la entrega de folletos donde presentan su currículum y se muestran con el apoyo de distintas personalidades y organizaciones. Sin embargo, lo que causa suspicacias es que en las portadas de sus respectivos dípticos figura la palabra "alcalde" y "alcaldesa", respectivamente.



En el caso de Ubilla, la portada anuncia "un alcalde eficaz para Lo Barnechea", mientras que en el de Ossandón, bajo su nombre se puede leer el título de "alcaldesa".



Esta situación ha generado la duda de si estos folletos deben ser considerados como "propaganda electoral" o no, además de plantear la necesidad de regular los procesos de primarias.



Corporación Participa: "normar es transparentar"



Para la organización ciudadana Corporación Participa, lo que están realizando estos precandidatos de RN sería claramente propaganda electoral.



Andrea Sanhueza, directora ejecutiva de Participa, opina que "de acuerdo al contenido de los folletos, estas personas de RN, que estarían buscando apoyo en la comuna (de Lo Barnechea), sí sería propaganda electoral, porque claramente hace mención a que las personas que ahí aparecen están bajo el título o cargo de futuro alcalde o derechamente alcaldesa".



Sanhueza recuerda que en nuestro país suele no respetarse la ley 18.700 de elecciones, y en el caso de los precandidatos RN piensa que es incuestionable la violación a esta.



Destacó que este caso es relevante en relación a la ley de gasto electoral, ya que si los precandidatos que están realizando la entrega de estos folletos luego están inscritos como candidatos en el Servicio Electoral, el gasto en que hoy están incurriendo debería estar presente en su rendición de cuentas. "Ese es un material que debiera ser rendido en su gasto electoral, no puede quedar fuera", enfatiza.



Ahora, para ello, Sanhueza declara que es fundamental exista una ley que regularice el desarrollo de las primarias que llevan a cabo los distintos partidos, ya que de esta manera sería mucho más fácil realizar la fiscalización para que la ley se cumpla y no se quede en ambigüedades o vacíos.



Para Sanhueza "sería mucho mejor tener normado, porque normar supone o tiene como consecuencia el transparentar" el proceso de primarias. Señala además que hace falta una mayor información a la ciudadanía a fin que esta haga cumplir derechos y deberes.



"Poder controlar, no sólo desde el Estado o algún servicio público determinado, sino de la ciudadanía que es el rol más importante que podemos ejercer, entonces, si las primarias estuvieran normadas y hubiera un acuerdo de cómo se hace ese proceso, la gente, una vez enterada, podría denunciar las irregularidades", señaló.



Llamado a la responsabilidad



Para la organización Genera, el que ocurran este tipo de hechos se debe a la ambigüedad de la ley, pero especialmente a la falta de responsabilidad de los actores políticos.



María Eugenia Díaz, directora ejecutiva de Genera, señala que debe existir criterio por parte de los partidos políticos para respetar lo que la ley señala y no aprovechar las ambigüedades que esta pueda presentar.



"Creo que es importante que, más allá de la ley, es necesario que los partidos políticos en particular sean muy responsables en cuidar los mecanismos democráticos que nosotros hemos ido llevando como país, hay una regulación pero que por su ambigüedad a veces necesita también que haya criterio y que haya responsabilidad de parte de los actores políticos para utilizar bien la ley y no dar señales erróneas a la ciudadanía", señaló.



Agrega que más relevancia toma el tema si se piensa que justamente ha estado en cuestionamiento el actuar de las autoridades y organismos públicos en las campañas políticas, algo que además ha sido impulsado por la misma oposición.



Por último, señala la importancia de contar con una ciudadanía informada para que esta tenga en sus manos la fiscalización, tal como lo apunta la ley.



Por ello, Díaz sostiene que "muchas veces la ciudadanía no está bien informada, y sí lo estuviera podría denunciar diciendo ‘oye, eso no debiera ocurrir’, pero a veces no están los mecanismos al alcance de la gente como para poder hacer este tipo de denuncias".



RN: propaganda no, regular primarias sí



El presidente de la comisión electoral de RN, Roberto Palumbo, explica que lo realizado por los precandidatos en Lo Barnechea en ningún caso va contra la ley de elecciones, incluso destaca que lo que busca el partido con este proceso es transparentar su elección de candidatos.



"La comisión electoral, en lugar de designar a los candidatos prácticamente en una pieza oscura, lo que hizo fue abrir el proceso a toda la comunidad para que las organizaciones vecinales, las juntas de vecinos, se pudieran pronunciar", señaló.



Agregó que "este es un procedimiento que no infringe la ley porque aquí no se trata de una campaña propiamente tal, sino que es una campaña al interior de Renovación, y al no haber comprometido Servicio Electoral, ni ninguna entidad pública, esto no vulnera ninguna ley, toda vez que en Chile tampoco existe ninguna disposición legal que regule el procedimiento de las primarias".



Al mismo tiempo, Palumbo cree de gran importancia regular las primarias para evitar que procesos internos de partido, que buscan transparentar la elección de candidatos, sean entendidos como un aprovechamiento electoral.



Sin embargo, sostiene que, mientras esa ley no se dicte, «nosotros creemos que es absolutamente legitimo realizar este tipo de actividades que, por lo demás, han sido hechas por la Concertación en el pasado. Yo recuerdo las primarias entre Bachelet y Álvear, Ricardo Lagos y Zaldívar, de manera que aquí, mientras no haya ley, nosotros estamos actuando al igual como lo hacen los demás".



Lo que indica la ley



Según lo que indica la ley orgánica constitucional de elecciones en su párrafo 6to sobre la propaganda y publicidad, "la propaganda mediante volantes, con elementos móviles o por avisos luminosos o proyectados, sólo podrá efectuarse dentro del plazo señalado en el artículo 30", esto es "desde el trigésimo y hasta el tercer día anterior al de la elección o plebiscito".



En cuanto a qué se entiende por "propaganda electoral", la ley señala a aquella "dirigida a inducir a los electores a emitir su voto por candidatos determinados o a apoyar alguna de las proposiciones sometidas a plebiscito".



A pesar de lo que muchos piensan, la fiscalización para hacer cumplir esta ley no corresponde al Servicio Electoral (Servel), sino que a otros organismos que la ley dispone, como Carabineros de Chile y la propia ciudadanía.



"Carabineros fiscalizará el cumplimiento de las disposiciones de los artículos 30 y 32, salvo en lo referente a la prensa, radio y televisión, y procederá de oficio o a petición de cualquier persona, a retirar o suprimir los elementos de propaganda que contravengan esas disposiciones", señala la normativa.



Ahora, según el artículo 35 de la ley, el encargado de emitir juicio sobre qué se entiende por propaganda electoral es el juez de policía local correspondiente, quien emitirá su resolución mediante una interpretación subjetiva de lo que la ley dice entender por "propaganda electoral".

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