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En operaciones beneficio de salud para dirigentes de juntas de vecinos

Convenio entre Fonasa y División de Organizaciones Sociales puso en marcha la campaña "Nuestra manera de ayudar a quienes nos ayudan".


Durante la pasada celebración del Día Nacional del Dirigente Vecinal, la Presidenta Michelle Bachelet anunció la implementación y puesta en marcha de un importante beneficio de salud orientado a dirigentes de juntas de vecinos afiliados a Fonasa.



Actualmente, el Beneficio por Hospitalizaciones para Dirigentes de Juntas de Vecinos se encuentra operando, a través de un convenio entre Fonasa y la División de Organizaciones Sociales (DOS).



A través de este convenio, un universo cercano a 60 mil dirigentes podrá acceder al beneficio preferente de condonación total o parcial del monto a pagar (copago) por concepto de hospitalizaciones en establecimientos de la red pública de salud.



Los únicos requisitos que se solicitan son ser dirigente en ejercicio de una junta de vecinos, ser beneficiario de Fonasa, estar inscrito en el Registro de Dirigentes Vecinales de la DOS y que la junta de vecinos esté con su personalidad jurídica vigente.



Acceso al beneficio



El dirigente que desee optar a este beneficio deberá acudir a su municipio y solicitar (al funcionario validador municipal) ser inscritos en el registro respectivo.



Por su parte, dicho empleado remitirá los certificados de vigencia de la directiva y de la personalidad jurídica de la respectiva junta de vecinos a la DOS, donde los datos serán revisados, para su posterior envío a Fonasa.



Para optar al beneficio, el dirigente deberá acudir a una sucursal de Fonasa o a un hospital para solicitar el formulario "Solicitud de Condonación", que posteriormente deberá ser entregado en la prestadora de salud.



Junto a este formulario, además, se deberá presentar una fotocopia simple de su cédula de identidad, un certificado o programa médico que acredite la enfermedad y/o problema de salud por el que estuvo hospitalizado y un poder simple y cédula de identidad, en caso que sea un representante quien esté solicitando el beneficio.



Este beneficio puede ser solicitado por dirigentes de juntas de vecinos desde el mes siguiente al que fue inscrito válidamente en el registro municipal. Su vigencia se extiende por todo el período por el cual se fue electo.



Para mayor información, se puede consultar en la página www.participemos.cl, en los teléfonos 600 360 3000, 600 600 6666 y 600 301 7000 o vía correo electrónico a registro.dirigentes@msgg.gov.cl.

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