La autoridad del MOP destacó que la futura normativa será de una enorme contribución para la población civil, dado que permitirá actuar frente a situaciones climáticas excepcionales previniendo catástrofes producto de lluvias excesivas.
El subsecretario de Obras Pública, Juan Eduardo Saldivia, dijo este miércoles que el proyecto sobre Operación de Embalses frente Alertas y Emergencias de Crecidas se encuentra muy cerca de transformarse en ley luego de ser aprobado en el Congreso y encontrarse a la espera de su promulgación.
El funcionario destacó que con esta iniciativa se podrá aprovechar adecuadamente la infraestructura de los embalses para usarlos como instrumentos de control y seguridad, dado que si un embalse es vaciado parcialmente antes de una lluvia torrencial, se generará una medida de contención que permitirá recibir la crecida, evitando desbordes de ríos y cauces cercanos a la población civil.
Juan Eduardo Saldivia resaltó además la importancia de esta nueva ley precisando que "este proyecto de ley es una herramienta que dará seguridad y protección a los habitantes ante catástrofes y calamidades causadas por fenómenos naturales como lo vivido en años anteriores con las graves consecuencias y perjuicios a la vida y salud de la población".
"De este modo -recalcó la autoridad del MOP- los embalses pasan a ser un factor de seguridad y no de riesgo. Generalmente los embalses son vistos por la población como un factor de riesgo por condiciones constructivas, por condiciones del terreno, por efectos medioambientales. Los embalses, allí, pasan a ser un elemento en que la población desconfía y los mira con temor: no es partidaria de los embalses. A partir de esta norma, nosotros le decimos a la población que, si antes nos preocupábamos de que el embalse no fuera responsable de las inundaciones, ahora nos interesa que el embalse pueda ayudar a mitigar e, incluso, evitar una inundación".
La normativa permitirá a la Dirección General de Aguas del MOP la confección de un Inventario Público de Obras Hidráulicas de todos los embalses y sus respectivos operadores, debiendo la DGA definir cuáles de ellos son embalses de control. En tal caso, deberán ser aprobados por la repartición ministerial para que sus responsables cuenten con su respectivo Manual de Operación. No obstante, ellos deberán instalar y mantener sistemas de monitoreo de sus caudales, debiendo informar diariamente a la DGA acerca de dichos registros.
La futura ley también habilitará a la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio de Interior (ONEMI) a declarar "Estado de Alerta de Crecidas" ante una situación de riesgo, con lo que se podrá obligar al operador de cada embalse a poner en práctica su Plan de Contingencia contenido en el Manual de Operaciones para mitigar toda consecuencia negativa.
Si la crecida fuese inferior a la pronosticada y el embalse de control no recupera el nivel de aguas que tenía antes de la aplicación de las medidas, por haber evacuado aguas estando en condiciones de acumularlas, el Fisco deberá indemnizar el daño o perjuicio efectivo al operador respectivo. En el evento de que se produjeren perjuicios a terceros por incumplimiento de las diversas normas, el operador deberá indemnizarlos.
Cabe resaltar que el incumplimiento de las medidas significará multas que van desde las 200 hasta las 6 mil unidades tributarias anuales. Asimismo, la población podrá exigir que los tribunales determinen el monto de las indemnizaciones por daños que se produzcan.
Otro aspecto importante de destacar es que con esta nueva ley podrán ser sancionadas todas las obras, urbanizaciones, edificaciones o intervenciones ilegales que se realicen en cauces y ríos que puedan causar daño a la vida, salud, bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas. En estos casos, se impondrá una multa que va desde 100 hasta 1.000 unidades tributarias anuales, según fuere la magnitud del entorpecimiento ocasionado al libre escurrimiento de las aguas o el peligro que signifique para los habitantes.
Finalmente, y recordando que este proyecto de ley tuvo su origen a raíz de las inundaciones que afectaron a la Región del Bío Bío en julio de 2006 – cuando el caudal alcanzó a la altura de Concepción un valor que corresponde a un período de retorno del orden de 150 años-, el subsecretario señaló que se requería urgentemente aunar el trabajo de la autoridad, el sector privado y la sociedad organizada para impedir o disminuir los efectos que se producen a causa de eventos climáticos negativos. "Por eso se hizo estrictamente necesaria la creación de esta normativa", enfatizó.