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Comisión de DD.HH. del Senado aprueba proyecto que entrega protección a refugiados

En lo fundamental, el proyecto apunta a entregar una debida protección y resguardo a quienes soliciten refugio en el país, para lo cual contempla una serie de disposiciones que regulan los requisitos que se deben cumplir para adquirir la condición de refugiados.


Un nuevo paso dio en el Congreso el proyecto que establece una serie de medidas para entregar protección a quienes tengan la calidad de refugiados en nuestro país, luego que la Comisión de Derechos Humanos del Senado aprobara la idea de legislar sobre la iniciativa que cumple su segundo trámite constitucional.

Así lo informó el presidente de esa instancia legislativa, Hosaín Sabag (DC) , tras señalar que ahora corresponde que la iniciativa sea sometida a la consideración de la Sala para luego iniciar su estudio en particular.

Según explicó el legislador esta iniciativa “es una suerte de estatuto para los refugiados, con derechos y deberes, para que las instituciones del Estado los puedan apoyar o respaldar”.

Agregó que la Vicaría de la Solidaridad, entidad que ha realizado una labor muy importante en este tema, “prácticamente quedaba fuera de esta ley, por lo que pretendemos que durante la discusión en particular, logremos darle una  participación importante, porque han tenido la experiencia, acogieron a muchos de los refugiados durante muchos años y no sería propio que no se escuchara la opinión de ellos”.

El senador Sabag señaló que tras haber escuchado la opinión de diversas entidades, la Comisión de Derechos Humanos llegó a la convicción de que se trata de una iniciativa que va en la línea correcta.

“Escuchamos a muchas instituciones y todas están de acuerdo en que es una cosa absolutamente necesaria, porque Chile es un país que es visto como una gran alternativa para los refugiados, especialmente colombianos que han llegado más de mil. Igualmente con los refugiados palestinos que los vamos a invitar para que asistan a una sesión junto con los alcaldes que los acogieron para ver la experiencia que han tenido en este país y el rol que han jugado los municipios”, señaló el legislador.

En lo fundamental, el proyecto apunta a entregar una debida protección y resguardo a quienes soliciten refugio en el país, para lo cual contempla una serie de disposiciones que regulan los requisitos que se deben cumplir para adquirir la condición de refugiados, los derechos y obligaciones que éstos tienen, la forma en que pueden perder tal calidad y los procedimientos para obtenerla.

Asimismo, considera la creación de una Comisión de Reconocimiento de la Condición de Refugiado, que estará a cargo de asesorar al Ministerio del Interior y de proveer la información necesaria para decidir respecto del otorgamiento, rechazo, cesación, cancelación o revocación de la condición de refugiado.

Dicha instancia estará conformada por el Jefe del Departamento de Extranjería y Migración, dos representantes del Ministerio del Interior y dos representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Según lo establece el proyecto, podrán acceder a la condición de refugiado, quienes por fundados temores de ser perseguidos por motivos de raza, religión, nacionalidad, se encuentren fuera del país de su nacionalidad y no puedan o no quieran acogerse a la protección de aquél debido a dichos temores.

También podrán hacerlo, los que hayan huido de su país de nacionalidad o residencia habitual y cuya vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público en dicho país.

En tanto, la protección de quienes soliciten la calidad de refugiados se regirá por los principios de no devolución, incluida la prohibición de rechazo en frontera; de no sanción por ingreso ilegal; de confidencialidad; de no discriminación; de trato más favorable posible; y de unidad de la familia.

La iniciativa también garantiza el principio de la confidencialidad, estableciendo que todo solicitante de la condición de refugiado y refugiado tiene derecho a la protección de sus datos personales.

También señala que tendrán derecho a que se les reconozca el estatuto de refugiado por extensión, el cónyuge del refugiado o la persona con la cual se halle ligado por razón de convivencia, sus ascendientes, descendientes y los menores de edad que se encuentren bajo su tutela o curatela.

Respecto de los menores de edad, el proyecto dispone que tienen derecho a solicitar el reconocimiento de su condición de refugiado, con independencia de las personas que ejercen su representación legal conforme a la legislación chilena.

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