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Corte Suprema condena a minera San Esteban por accidente fatal en 2004

La empresa deberá cancelar una indemnización de 180 millones de pesos a la familia de un trabajador.


La Corte Suprema confirmó que la compañía minera San Esteban Primera y una de sus empresas contratistas deberán cancelar una indemnización de 180 millones de pesos por la muerte de un trabajador en el año 2004 en un accidente en la faena.

En fallo unánime, la Cuarta Sala del máximo tribunal —integrada por los ministros Patricio Valdés, Rosa Egnem, Juan Eduardo Fuentes, Juan Escobar (suplente) y el abogado integrante Arturo Prado— rechazó el recurso de casación presentado contra la sentencia que estableció una indemnización a favor de la viuda y los hijos de Pedro González Rojas, muerto el 4 de marzo de 2004.

El fallo determina que la viuda del trabajador fallecido, Jessica Morales Morales, deberá recibir la suma de cien millones de pesos por el daño moral; en tanto, los hijos del trabajador —José Ignacio y Pedro González Morales— recibirán ochenta millones de pesos de manera solidaria de parte de la Minera San Esteban y la empresa subcontratrista Edwin Holvoet y Compañía Limitada y su dueño Edwin Holvoet Tapia.

La sentencia del máximo tribunal determina que no existe infracción de ley en el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó la sentencia de Séptimo Juzgado Civil de Santiago que estableció la responsabilidad de la minera y el contratista en el accidente.

Pedro González Rojas fue contratado el 7 de octubre de 2003 para desempeñarse como operador o chofer de cargador frontal. El 4 de marzo de 2004, aproximadamente a las 21.00 horas, en el nivel subterráneo de la Mina San José de la Compañía Minera San Esteban Primera ocurrió el accidente que le costó la vida al trabajador.

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