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Contraloría ordena sumario por contrato irregular en el SII a pocos días que se conozca dictamen sobre Julio Pereira

El ente fiscalizador emitió este viernes tres informes relativos al Servicio de Impuestos Internos a pocos días que se conozca el dictamen que espera el gobierno para tomar una decisión sobre la continuidad o no de su director, Julio Pereira, quien enfrenta acusaciones de conflictos de interés en el marco de la millonaria condonación tributaria a Johnson’s.


La Contraloría General de la República ordenó este  viernes la realización de un sumario tendiente a determinar las responsabilidades administrativas por las irregularidades que rodearon la contratación, por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII), de una empresa de asesorías comunicacionales por un monto de 36 millones de pesos.

Se trata de la firma Inversiones y Asesorías San Ignacio Ltda., cuyos servicios, indicó el ente fiscalizador en un informe conocido durante la presente jornada, fueron requeridos por la modalidad de trato directo, en circunstancias que debió llevarse  a cabo bajo la modalidad de una licitación pública.

También indica que los servicios prestados debieron destinarse al logro de fines institucionales, lo que no habría ocurrido, ya que el objetivo de la consultoría habría sido la protección comunicacional personal tanto del cuestionado director del SII, Julio Pereira, como del subdirector Jurídico de la entidad, Mario Vila.

“Cabe concluir que el SII no se ajustó al ordenamiento jurídico vigente al contratar a la empresa ‘Inversiones y Asesorías San Ignacio Ltda.’, mediante el excepcional mecanismo del trato directo, pues no se cumplieron las condiciones que para ese efecto prevé la legislación que regula la materia”, señala el ente fiscalizador.

Y determina que “el Servicio de Impuestos Internos deberá arbitrar las medidas tendientes a que en lo sucesivo, sus contrataciones de bienes y servicios, así como el sistema de capacitación y las actividades y prerrogativas del personal a honorarios de su dependencia, se ajusten cabalmente a la normativa que los rige, sin perjuicio de lo cual esta Contraloría General instruirá un sumario a efectos de determinar las responsabilidades administrativas que se deriven de los hechos ya señalados”.

Junto a este informe, la Contraloría emitió este viernes 1 de marzo otros dos dictámenes relativos al SII. Esto, a pocas horas que el contralor Ramiro Mendoza anunciara su publicación y adelantara que el esperado sumario que espera el gobierno para resolver el futuro del director de la entidad  se conocería dentro de las próximas dos semanas.  Lo anterior, porque éste determinaría si efectivamente el funcionario presentaba conflictos de interés a la hora de resolver la millonaria condonación tributaria a a la empresa de retail Johnson’s, que permitió que fuera adquirida por el holding Cencosud, mismo al cual el propio Pereira le arrienda -por 22 millones de pesos mensuales- un terreno en Las Condes para el funcionamiento de un centro comercial.

Uno de los documentos dados a conocer hoy tiene que ver con el reclamo que puso en duda la legalidad de la designación de Felipe Wiegand Restrepo, para desempeñarse como abogado en la Dirección Regional Valparaíso del SII, el cual fue desestimado por la Contraloría.

Otro apunta a la petición de la Comisión Especial Investigadora de la Cámara de Diputados para conocer si correspondía el trámite de toma de razón para que se llevara a cabo la condonación a Johnson’s. Al respecto, y apelando a la jurisprudencia, la Contraloría determinó que efectivamente dicha operación no requería de ese trámite.

“El reintegro de los pagos provisionales por utilidades absorbidas por los impuestos pagados por la empresa Johnson’s S.A. conforme al procedimiento indicado en los artículos 93 a 97 de la mencionada Ley Sobre Impuesto a la Renta, no se encontraba dentro de las materias que hacen procedente el antedicho trámite por parte de este Organismo Contralor, ya que no se trata de tributos enterados en exceso sino de una diferencia de dinero generada a favor de esa empresa por el indicado concepto, lo cual es sin perjuicio de las modificaciones que esta Contraloría General efectúe a la citada resolución N° 1.600, de 2008”, indicó.

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