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El resquicio constitucional que impediría a Allamand volver a la carrera presidencial

El resquicio constitucional que impediría a Allamand volver a la carrera presidencial

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Claudia Rivas Arenas
Por : Claudia Rivas Arenas Periodista de El Mostrador @crivasa
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El artículo 19 número 15 de la Carta Fundamental establece que los candidatos derrotados en una primaria no podrán presentarse a la elección. Pero en Renovación Nacional consideran que la normativa no se refiere al actual escenario y que el tema está zanjado en el artículo 38 de la Ley de Primarias. De todas maneras, ya surgen voces que sostienen que el asunto amerita el pronunciamiento del Tribunal Constitucional o del Tricel.


En medio del complejo proceso por el que atraviesa la derecha para definir a su nuevo abanderado presidencial, surgió un antecedente que encendió las alarmas en el sector, dado el contenido del artículo 19 número 15 de la Constitución, en virtud del cual hay quienes han planteado que Andrés Allamand no podría reasumir una candidatura para llegar a La Moneda.

En su inciso quinto, la citada norma dispone: “Una ley orgánica constitucional establecerá un sistema de elecciones primarias que podrá ser utilizado por dichos partidos para la nominación de candidatos a cargos de elección popular, cuyos resultados serán vinculantes para estas colectividades, salvo las excepciones que establezca dicha ley. Aquellos que no resulten elegidos en las elecciones primarias no podrán ser candidatos, en esa elección, al respectivo cargo”.

Es justamente en este concepto en el que se han centrado quienes han levantado la idea de que el candidato derrotado de Renovación Nacional en las primarias no podría retomar la candidatura en reemplazo del renunciado Pablo Longueira Montes, dándole así mayores chances a la figura de la ministra del Trabajo, Evelyn Matthei, a la que un sector de RN no ve con buenos ojos.

Sin embargo, en la casona de Antonio Varas aseguran que el citado artículo de la Carta Fundamental no contempla el actual escenario —ya que se enfocaría a impedir que los perdedores igualmente insistan con sus candidaturas— y que es la ley que rige las primarias la que, en su artículo 38, sostiene explícitamente que en caso de renuncia o muerte de un candidato, se vuelve a fojas cero, perdiendo la vinculancia que implica el proceso.

En todo caso, algunos parlamentarios creen que, finalmente, este es un tema de interpretación de la ley que, tal vez, termine resolviendo el Tribunal Constitucional o el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel). La polémica surge paralelamente a la llegada de Andrés Allamand a Chile, quien esta tarde recibió en su casa a la directiva de RN para analizar los distintos escenarios que se abren a partir de la renuncia de Longueira.

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