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Hernán Larraín acusa «red de protección» que impide que asesinos de Jaime Guzmán sean sancionados Senador gremialista comentó condena a Enrique Villanueva Molina

Hernán Larraín acusa «red de protección» que impide que asesinos de Jaime Guzmán sean sancionados

El ex timonel de la UDI lamentó la sentencia de cinco años de libertad vigilada contra el ex dirigente del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR). «Este asesinato tiene una particularidad, porque se conocen todos los autores, sin embargo, ninguno de ellos está cumpliendo penas», sostuvo.


El senador de la UDI Hernán Larraín comentó la sentencia dada a conocer este lunes por el juez Mario Carroza, quien condenó a la pena de cinco años con beneficio de libertad vigilada al ex miembro del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), Enrique Villanueva, por su autoría intelectual en el asesinato del ex senador y fundador de la UDI, Jaime Guzmán, ocurrido el 1 de abril de 1991.

“23 años después del asesinato de Jaime Guzmán se dicta primera formalización. Una red de protección impide que asesinos sean sancionados”, sostuvo el parlamentario a través de su cuenta de Twitter.

“El asesinato de Jaime Guzmán tiene una particularidad, porque se conocen todos los autores, sin embargo, ninguno de ellos está cumpliendo penas”, indicó más tarde en entrevista con CNN Chile.

Según Larraín, el ex frentista “no cumplirá pena de cárcel”, ya que fue condenado por 5 años y no 5 años y 1 día

“Con 5 años y 1 día debía cumplir pena de cárcel. Es decir, la única persona que ha sido procesada como autor intelectual no va a cumplir pena alguna. Uno siente bastante impotencia, porque con el asesinato de un senador de la República no tiene nadie ninguna posibilidad de ser sancionado por estos hechos”, concluyó.

Defensa

Tras conocer la resolución, Villanueva reiteró su inocencia: “No existía ninguna prueba de mi participación, porque yo no participé. Ni siquiera estuve de acuerdo cuando conocí el hecho”.

Por su parte, el abogado defensor, Roberto Celedón, presentó un recurso de apelación para dejar sin efecto la condena.

“El ministro en Visita no dio lugar a la prescripción de la acción penal a pesar de que han transcurrido más de 15 años, 3 meses y 26 días de la comisión del delito hasta la fecha en que fue procesado, señalando que el procedimiento no habría sido suspendido en circunstancia que el 7 de abril del año 2000, el ministro Dolmestch, que llevaba la causa, anuló la declaratoria de rebeldía de Enrique Villanueva por no ser parte de esa causa”, sostuvo.

Celedón calificó el proceso como “totalmente viciado, pues, en esta sentencia, que es un cóctel de Ley de Seguridad del Estado y Ley de Conductas Terroristas, en un procedimiento que ya no está vigente, pero que se le está aplicando, el acusado, puede ser condenado en conciencia, sin que el juez esté sometido a la ley reguladora de la prueba, por lo tanto, el juez falla en conciencia y se le priva al acusado el derecho de recurrir de casación ante la Corte Suprema”.

“La resolución ya ha sido apelada, porque solamente tenemos 24 horas de acuerdo a este procedimiento”, informó el abogado.

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