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Mineduc hace gesto al centro político y suaviza proyecto que termina con el lucro, la selección y el copago Ministerio de Educación ingresó 24 indicaciones durante el fin de semana

Mineduc hace gesto al centro político y suaviza proyecto que termina con el lucro, la selección y el copago

Nicolás Sepúlveda
Por : Nicolás Sepúlveda Periodista de El Mostrador
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Los cambios al proyecto incluyen la posibilidad de que los sostenedores privados –que ahora recibirán un sueldo–, puedan arrendar los edificios donde funcionan sus colegios, además de eliminar el límite para el fin del copago, estableciendo que esto solo sucederá cuando la subvención estatal iguale lo que hoy pagan los apoderados. Las modificaciones van en la línea del acuerdo interno que logró la Democracia Cristiana la semana pasada.


Luego de varios meses de polémica en torno al principal proyecto de la Reforma Educacional presentado por el Gobierno a la fecha, el Ministerio de Educación modificó la iniciativa que ingresara en mayo pasado, incorporando las solicitudes de sostenedores y apoderados, además de acoger lo planteado por la Democracia Cristiana en el acuerdo marco que firmaron hace unos días los parlamentarios de la falange.

En total fueron 24 las indicaciones que la autoridad de Educación ingresó este domingo a la Cámara de Diputados, al filo del límite establecido por la Comisión de Educación, la que mañana martes comenzará a votar las modificaciones a la iniciativa, las que además suman varias decenas presentadas tanto por la Alianza como por parlamentarios de la Nueva Mayoría.

Las controversias se centraban en la obligación puesta inicialmente a los sostenedores para que compraran los edificios donde funcionan sus colegios, lo que buscaba evitar que mediante este mecanismo se burlara la prohibición de lucrar, tal y como ha sucedido en el caso de algunas universidades privadas.

Fue el presidente de la Democracia Cristiana, el senador Ignacio Walker, quien lanzó la crítica más dura al respecto, cuando señaló que el Mineduc se iba a transformar en un “gestor inmobiliario”, haciendo referencia a la posibilidad abierta en un inicio de que la autoridad comprara los inmuebles.

Con los cambios hechos al proyecto, son varios los gestos a los sostenedores, los que se inician con la modificación del rol que jugarán postreforma. Antes, se decía que estos solo tendrían “la calidad de administrador”, mientras que ahora pasarán a ser “cooperador del Estado en la prestación del servicio educacional”, y que “gestionará las subvenciones y aportes que establece la presente ley para el desarrollo de su proyecto educativo”.

Entre los cambios se agrega la remuneración que podrán recibir los sostenedores, indicándose que entre los gastos permitidos para los dineros asignados por el Estado se incluirá el “pago de una adecuada remuneración a las personas naturales que ejerzan, de forma permanente y efectiva, funciones de administración superior en la entidad sostenedora”. Eso sí, se establece que esa remuneración no podrá ser derivada a las empresas que aparecen como sostenedoras de colegios, y se indica que la Superintendencia de Educación será la encargada de velar por el correcto pago de estas remuneraciones, las que deberán ser acordes al tamaño y complejidad de los colegios y estar en la línea de “las remuneraciones que normalmente se paguen en contratos de similar naturaleza”.

Se incluye también entre los gastos permitidos “el pago de obligaciones garantizadas con hipotecas, contraídas con el solo propósito de adquirir el o los inmuebles en el cual funciona el establecimiento educacional de su dependencia”, abriendo así una posibilidad a los sostenedores que no son dueños de los edificios donde funcionan sus colegios, para que estos puedan ser comprados con dinero fiscal.

Se plantea también que la información deberá ser pública y de libre acceso a la ciudadanía.

[cita]Se incluye también entre los gastos permitidos “el pago de obligaciones garantizadas con hipotecas, contraídas con el solo propósito de adquirir el o los inmuebles en el cual funciona el establecimiento educacional de su dependencia”, abriendo así una posibilidad a los sostenedores que no son dueños de los edificios donde funcionan sus colegios, para que estos puedan ser comprados con dinero fiscal.[/cita]

Como ya se había adelantado, se permitirá que los sostenedores no sean dueños de los edificios, pudiendo tenerlos en comodato o arriendo bajo una serie de condiciones, como que los contratos de arrendamiento tengan una duración mínima de 20 años –obligando a que el dueño del inmueble avise con 10 años de antelación si es que no desea renovar el mismo–, o que el precio de este no exceda el 11% del avalúo fiscal del edificio dividido en doce mensualidades.

Compra de colegios

Otra modificación importante al proyecto es en lo que respecta a la compra de establecimientos por parte del Estado, la que en un inicio se haría en un plazo de doce años, propuesta que generó rechazo y acusaciones por parte de la oposición de querer “estatizar la educación”.

Ahora, se plantea que la compra de colegios se realizará solo en casos excepcionales, donde esté en juego la continuidad de estudios de los alumnos, y previo análisis de la disponibilidad de matrícula en instituciones aledañas territorialmente. De concretarse la compra, se pagará hasta 1,7 veces el avalúo fiscal del establecimiento, descontando los montos aportados por el Estado para implementar la Jornada Escolar Completa, en 1998.

Otro punto que había generado incomodidad entre los sostenedores era que el proceso de selección de nuevos alumnos se realizaría de forma centralizada por el Ministerio de Educación, o por alguna agencia dependiente de este. Pero con las nuevas indicaciones, esto ya no será así. Ahora, los padres y apoderados podrán recurrir al colegio donde deseen matricular a sus hijos para hacer allí mismo la postulación, aunque el Mineduc mantendrá la facultad de vigilar el proceso y para ello pondrá a disposición de los sostenedores un software que buscará asegurar que no exista preferencia de los colegios por uno u otro alumno.

Aunque las indicaciones se presentaron hace pocas horas, en la Comisión de Educación ya se advierten algunas discrepancias, como que el proyecto no dejaría suficientemente claras las obligaciones que tendrían los sostenedores para recibir un salario. Este punto, y el de los arriendos de los colegios, viene a ser particularmente sensible, ya que varios parlamentarios manifiestan que por estas vías los sostenedores podrían burlar la ley y encontrar algún mecanismo de lucro con recursos fiscales.

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