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Dan a conocer minuta sobre agenda laboral y los puntos que mantienen al empresariado alejado de lograr acuerdo A pesar de acercamiento entre el gobierno y la CUT

Dan a conocer minuta sobre agenda laboral y los puntos que mantienen al empresariado alejado de lograr acuerdo

El documento menciona que habrá empresas estratégicas en donde no existirá el derecho a huelga y establece el deber de las organizaciones sindicales para proveer personal que cumpla con los requisitos mínimos durante una paralización de actividades como también el de dotar los equipos de emergencia.


El gobierno enviará el próximo lunes el proyecto de ley de reforma laboral, el cual hasta el momento ha logrado acercar posiciones entre el Ejecutivo y la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), pero que con el empresariado se mantienen importantes diferencias y cuyos principales líderes han denunciado que la iniciativa le entregará un «poder monopólico» a los sindicatos.

Este jueves, El Mercurio publica la última minuta redactada por el gobierno sobre la agenda laboral luego de la última reunión, el miércoles, con el empresariado y en la que no hubo acuerdo para destrabar la discusión que se ha mantenido hasta ahora.

El Ejecutivo ha intentado avanzar en poder bajar la tensión que produjeron las palabras del líder de la Sofofa, Hermann von Mülenbrock, quien en una entrevista dada a La Tercera dijo que la reforma laboral tendrá efectos más severos que la tributaria.

La discusión específica que se ha dado

El propio presidente de la CPC, Andrés Santa Cruz, volvió a reiterar la postura del gremio en que tal como se encuentra la reforma perjudicará la economía y especialmente el empleo.

El documento al que tuvo acceso El Mercurio se divide en cuatro áreas como es la agenda laboral de derechos colectivos, los temas pendientes de resolución y que forman parte de la agenda laboral, las propuestas adicionales de la CUT y los aspectos que fueron excluidos por restricciones constitucionales.

En el primer capítulo se plantean los temas que fueron abordados con los actores laborales que cuentan con un «acuerdo técnico», en donde se menciona que la «titularidad del derecho de negociación al sindicato, estableciéndolo como sujeto principal de la negociación por parte de los trabajadores».

En el mismo capítulo también se refiere a la «ampliación del derecho a información de los sindicatos» respecto de la empresa como además el apoyo al derecho a huelga, por lo que «se elimina la facultad del empleador de reemplazar los puestos de trabajo de los trabajadores en huelga, con trabajadores propios o externos de la empresa, lo que es consistente con la actual jurisprudencia de la Corte Suprema».

Según señala el documento, habrá empresas estratégicas en donde no existirá el derecho a huelga y establece el deber de las organizaciones sindicales para proveer personal que cumpla con los requisitos mínimos durante una paralización de actividades como también el de dotar los equipos de emergencia.

Otro punto es que «se amplían las horas de trabajo sindical en las grandes empresas y se establece un pago proporcional a las mismas», y agrega que los «temas pendientes de resolución y que forman parte de la agenda laboral», es decir, aspectos sensibles para empresarios y trabajadores, como la extensión de los beneficios del contrato colectivo a quienes no formaron parte de la negociación.

También se incluye la negociación colectiva del sindicato interempresa y la fijación del «piso» de beneficios adquiridos por los trabajadores en las últimas tratativas con el empleador.

La minuta también contempla un punto que se denomina «Temas pendientes de resolución y que forman parte de la Agenda Laboral», el cual señala los temas pendientes y propuestas de la CUT.

Tales puntos hacen referencia a la extensión de los beneficios del contrato colectivo a los trabajadores que no formaron parte de la negociación por parte del empleador; el estándar de afiliación sindical en la empresa para establecer los pactos de adaptabilidad; reajustabilidad y negociación colectiva del sindicato interempresa en la empresa.

También existe un tercer punto que se refiere a los «Temas adicionales propuestos por la CUT», los cuales son 16 aspectos entre los que están el Multi-RUT, seguro de cesantía, la Ley de subcontratación y la regulación de faculltades de despido del empleador.

El cuarto punto se hace alusión a los temas excluidos de la propuesta por restricciones constitucionales, entre los que se encuentra la eliminación de la prohibición del derecho a huelga en las empresas estratégicas.

El diario precisa que el proyecto regula una forma para la calificación de las empresas en las que se puede prohibir la huelga, estableciéndose el derecho de las partes a un procedimiento de reclamación ante la Corte de Apelaciones de la resolución que se pronuncia sobre la procedencia o improcedencia de aquella calificación.

El otro aspecto es el nivel de la negociación, en donde se mantiene  la negociación reglada en la empresa, y se excluyen las negociaciones regladas más allá de la empresa.

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