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Audiencia clave: Corte de Apelaciones define hoy facultades de la Fiscalía en casos de platas políticas A las 9 a.m. sesiona tribunal de alzada

Audiencia clave: Corte de Apelaciones define hoy facultades de la Fiscalía en casos de platas políticas

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La Corte de Apelaciones debe fallar hoy si acoge o rechaza la apelación presentada por la Fiscalía Nacional después de que la jueza del Octavo Juzgado de Garantía anulara la audiencia de formalización en contra del ex vicepresidente de RN Claudio Eguiluz, por no existir una querella del Servicio de Impuestos Internos en su contra. En caso de rechazar la apelación del Ministerio Público, podría fijar jurisprudencia que impidiera que fiscales puedan formalizar por delitos tributarios sin una acción penal del SII.


Hoy, a las 9 a.m., la Corte de Apelaciones sesionará para fallar si acoge o rechaza la apelación presentada por la Fiscalía Nacional después de que el 27 de julio la jueza del Octavo Juzgado de Garantía, Ema Tapia, anulara la audiencia de formalización del consejero regional del Bío Bío por RN y ex vicepresidente del partido, Claudio Eguiluz.

La decisión de la magistrada se basó en la inexistencia de una querella por delito tributario del Servicio de Impuestos Internos (SII) dirigida en contra de Eguiluz. De este modo, recogió la solicitud del abogado Marcelo Torres, defensor del ex vicepresidente de RN.

Eguiluz es investigado por la emisión de boletas “presumiblemente falsas” a SQM por un total de $112, 5 millones. También habría solicitado a funcionarios de la Junji del Bío Bío que emitieran boletas por servicios no prestados a nombre de SQM por $420 millones entre 2012 y 2014.

La decisión de la Corte es clave para el futuro de la investigación, ya que en caso de rechazar la apelación de la Fiscalía marcaría un negativo precedente, debido a que anteriormente el diputado UDI, Felipe de Mussy, y el ex diputado de RN, Alberto Cardemil, fueron formalizados sin que existieran querellas en su contra. Argumento planteado por el Fiscal Nacional, Sabas Chahuán, tras conocerse la resolución de la jueza Tapia: «Yo entiendo que la situación del señor Cardemil y el señor De Mussy fueron resueltas ante incidentes prácticamente idénticos de la defensa en un sentido diverso y hoy día estaría zanjado, lo mismo en el señor (Jovino) Novoa, aunque en su caso hubo una querella posterior».

[cita]La decisión de la Corte es clave para el futuro de la investigación, ya que en caso de rechazar la apelación de la Fiscalía marcaría un negativo precedente, debido a que anteriormente el diputado UDI, Felipe de Mussy, y el ex diputado de RN, Alberto Cardemil, fueron formalizados sin que existieran querellas en su contra. Argumento planteado por el Fiscal Nacional, Sabas Chahuán, tras conocerse la resolución de la jueza Tapia: «Yo entiendo que la situación del señor Cardemil y el señor De Mussy fueron resueltas ante incidentes prácticamente idénticos de la defensa en un sentido diverso y hoy día estaría zanjado, lo mismo en el señor (Jovino) Novoa, aunque en su caso hubo una querella posterior».[/cita]

El profesor de Derecho Penal de la U. de Chile, Miguel Soto Piñeiro, plantea que “la querella presentada por el SII fue contra determinadas personas y contra quienes resulten responsables y basta con la referencia en contra de quienes resulten responsables para imputar a Eguiluz”. Y agrega que entonces “se puede esperar razonablemente que la Corte de Apelaciones revoque la resolución de la jueza Ema Tapia”.

Coincide con ello el abogado Mauricio Daza, de la Fundación Ciudadano Inteligente, querellante en la causa contra Eguiluz, quien asegura que “esperamos que ocurra lo mismo que en todas las ocasiones anteriores en que se ha discutido el mismo tema, donde los jueces del tribunal de Garantía y de la Corte de Apelaciones han ratificado vez tras vez que no se requiere una querella nominativa para formalizar a un imputado, sino los hechos denunciados por el SII”. Y apunta a que las querellas y denuncias previamente interpuestas por el Servicio señalan que van dirigidas en contra de todos los que resulten responsables de los ilícitos, “por lo tanto, la tesis de la defensa (de Eguiluz) establece un requisito no exigido en la ley”.

Daza sostiene que resulta altamente probable que la Corte de Apelaciones mantenga el criterio contenido en resoluciones previas dictadas en esta causa y revoque la resolución de la jueza Ema Tapia.

En todo caso, el pasado jueves 30 de julio, el SII se querelló en contra de Claudio Eguiluz por delitos tributarios relacionados con infracciones a la Ley de Donaciones (artículo 64° de la ley 16.271), ya que las maniobras realizadas habrían constituido «donaciones en beneficio de Claudio Eguiluz en consideración que no existió ninguna contraprestación efectiva de servicios por parte de éste» en favor de SQM.

Esta querella se interpuso el mismo día en que la Fiscalía apeló al fallo de la jueza Tapia, decisión que mantuvo para buscar sentar un precedente respecto de que sí se podría formalizar por delitos tributarios aunque no exista una querella nominativa.

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