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Indignación en redes sociales tras fallo que confirmó absolución de ejecutivos por colusión de farmacias

Indignación en redes sociales tras fallo que confirmó absolución de ejecutivos por colusión de farmacias

La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó los recursos de nulidad que habían sido presentados contra la resolución del Cuarto Tribunal de Juicio Oral de Santiago.


«Este es el Chile de hoy» o «cerremos por fuera», fueron algunos de los comentarios de los usuarios de las redes sociales que no ocultaron su indignación tras conocer la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago que, este martes, rechazó los recursos de nulidad presentados en contra sentencia dictada por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral de Santiago que absolvió a 10 ejecutivos que habían sido imputados en el caso de la colusión de las farmacias.

Se trata de Roberto Leopoldo Belloni Pechini, Mehilin Velázquez Chau, Claudia Fanny Carmona Zúñiga, Ramón del Rosario Ávila Silva, Judith Margarita Carreño Oteiza, Sergio Eduardo Purcell Robinson, Ricardo Germán Ewertz Munchmeyer, Ricardo Iván Valdivia Kloques, Cristián Marcelo Catalán López y Mario León Zemelman Riveros.

En un fallo unánime, la Cuarta Sala del Tribunal de alzada, integrada por los ministros Jaime Balmaceda, Tomás Gray y Hernán López, desestimó que la sentencia recurrida se haya adoptado con infracción de ley al descartar que los imputados fueran autores del delito de adulteración fraudulenta del precio natural de mercancías, como pretendía la acusación fiscal, por hechos acaecidos entre diciembre de 2007 y abril de 2008, en Santiago.

La resolución sostiene «(…) en relación a los hechos que dan cuenta de lo que hemos denominado «aspectos generales» y la «la guerra de precios», el fallo establece en el motivo 20° que «la descripción fáctica, reseñada precedentemente, que está contenida en la primera parte de la acusación del Ministerio Público y fue acreditada, no encuentra sustento en el texto del artículo 285 del Código Penal y por ende no constituyen el delito que nos ocupa, por lo que es atípica desde el punto de vista penal», con lo cual esos hechos y circunstancias dejan de tener relevancia en el juicio y no sirven para poder configurar ilícito alguno».

Pero más allá de los argumentos de la Corte, en Twitter cundió el malestar.
href=»https://twitter.com/juanpagajardo/status/681875948573179904″>December 29, 2015

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