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Corte de Apelaciones rechaza recurso de protección de suboficial de Gendarmería por cálculo de pensión

Corte de Apelaciones rechaza recurso de protección de suboficial de Gendarmería por cálculo de pensión

En fallo unánime, Octava Sala del tribunal de alzada rechazó la acción cautelar elevada en contra del dictamen del 8 de febrero pasado, por considerar extemporánea la presentación del recurso y legal el actuar del organismo contralor.


La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado en contra de dictamen de la Contraloría General del República que no consideró cargo que ejercía como suplente, en el cálculo de la pensión de retiro de suboficial mayor de Gendarmería.

En fallo unánime -causa rol 20489-2016-, la Octava Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Carlos Gajardo, Adelita Ravanales y Juan Antonio Poblete– rechazó la acción cautelar elevada en contra del dictamen del 8 de febrero pasado, por considerar extemporánea la presentación del recurso y legal el actuar del organismo contralor.

«Que según se dejó dicho, la petición concreta del recurso es que se ordene a la Contraloría General de la República «dejar sin efecto la doctrina contenida en el Dictamen N° 9585″ y que el cambio que propone el recurrente, le sea notificado a Gendarmería, para que esta Institución modifique su criterio en cuanto a la forma de calcular los beneficios previsionales que le corresponden. Es efectivo, entonces, como lo sostiene la recurrida que lo pretendido es impugnar una actuación administrativa emanada de otro órgano de la Administración y de la cual el recurrente tomó conocimiento en mayo de 2015, como lo reconoce en su libelo. Así el recurso aparece como extemporáneo, puesto que por la vía de presentaciones a Contraloría con fechas posteriores, para que emita un pronunciamiento sobre la materia, que ya hizo, se pretende dar vigencia a un plazo ya extinguido», sostiene el fallo.

Resolución que agrega: «Sin perjuicio de lo anterior, se debe destacar que lo pretendido por el recurso es que se ordene a la Contraloría que «deje sin efecto» su doctrina en cuanto fija el alcance de la normativa que rige la situación del recurrente y que se siga su punto de vista personal sobre el particular. Es decir, en un conflicto entre dos interpretaciones, una que es la oficial del órgano facultado por la ley para ello y otra que satisface sólo un interés personal, esta Corte debiera dirimirlo optando por esta última. Nada puede ser más ajeno a la naturaleza cautelar de este recurso, puesto que no existen derechos constitucionales vulnerados, sino tan sólo se trata del intento por desconocer las facultades que la ley le entrega a la recurrida.

Finalmente, no se divisa de qué manera se habrían afectado los derechos constitucionales que se mencionan, puesto que si lo que se objeta es que respecto de este caso particular se han seguido dictámenes administrativos de general aplicación, para situaciones similares, no existe un trato discriminatorio con el recurrente y tampoco se afecta algún tipo de propiedad, puesto que sólo se han determinado los derechos que le corresponden respecto a su situación funcionaria».

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