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Corte Suprema confirma sentencia a Hospital Base de Puerto Montt por abuso sexual a menor de 10 años

Corte Suprema confirma sentencia a Hospital Base de Puerto Montt por abuso sexual a menor de 10 años

Los hechos ocurrieron la madrugada del 13 de mayo de 2011, cuando un guardia de seguridad del Hospital Base de Puerto Montt, Marcelino Águila Vidal, ingresó a la unidad de segunda infancia de Pediatría, la cual se encontraba sin funcionarios al cuidado de estos niños.


La Corte Suprema rechazó recurso de casación y confirmó la sentencia que condenó al Hospital Base de Puerto Montt a pagar una indemnización total de $50 millones de pesos a una menor de 10 años y sus padres por los abusos sexuales a los que fue sometida en el centro de salud.

En fallo unánime la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz, Haroldo Brito, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz y Manuel Antonio Valderrama– confirmó la sentencia que estableció la falta de servicio de establecimiento por no resguardar la integridad de la paciente.

Los hechos ocurrieron la madrugada del 13 de mayo de 2011, cuando un guardia de seguridad del Hospital Base de Puerto Montt, Marcelino Águila Vidal, ingresó a la unidad de segunda infancia de Pediatría, la cual se encontraba sin funcionarios al cuidado de estos niños. Se estima que los hechos ocurrieron por una falta de servicio del hospital.

«Desde el momento de la hospitalización la unidad médica se erigió como garante y protector de la integridad física y psíquica de la niña, obligación bajo la cual no sólo le era exigible otorgar adecuada y oportuna atención médica, sino que debía adoptar todas las medidas conducentes a que la estadía de la menor estuviera exenta de inconvenientes tanto personales como de salud», se lee en la resolución.

«El establecimiento asistencial debe responder por el hecho de aquellos que tiene bajo su dependencia y cuidado, más aún, si se trata de personas en las cuales se confía la integridad física y la salud», sostiene el fallo. «(…) al haber omitido su deber de vigilancia –continúa–, tanto de la actividad de sus guardias de seguridad como de la integridad física de los niños a su cuidado, el Hospital Base de Puerto Montt incurrió en falta de servicio, la cual se erige como la causa de los perjuicios morales demandados», se especifica finalmente.

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