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Propuesta de ley de reforma constitucional contempla un plebiscito en caso de no existir acuerdo parlamentario

Propuesta de ley de reforma constitucional contempla un plebiscito en caso de no existir acuerdo parlamentario

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La Moneda enviará dos iniciativas, la primera en marzo, que permitirán modificar la Carta Fundamental.


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En marzo el Ejecutivo enviará al Congreso una reforma a la Constitución que permitirá a los parlamentarios modificar la Carta Fundamental. Y en el segundo semestre, presentará un proyecto de nueva Constitución.

Así está diseñado en la «Propuesta de ley de reforma constitucional para continuación del proceso constituyente«, borrador elaborado por el Ministerio Secretaría General de Gobierno (Segegob), según consigna La Tercera.

El ex ministro de la Segegob Marcelo Díaz elaboró en octubre pasado una propuesta que fue entregada a la Presidenta Michelle Bachelet y a los ministros del comité político: Mario Fernández (Interior) y Nicolás Eyzaguirre (Segpres).

El documento fue analizado por las tres carteras «con miras a la preparación de un insumo final», señala el matutino

Este, propone una modificación al capítulo XV de la Constitución, agregando un nuevo artículo (el número 130) a la Carta Fundamental: “El Presidente de la República, con el acuerdo de dos tercios de los diputados y senadores en ejercicio, podrá habilitar a los parlamentarios elegidos en la siguiente elección de la Cámara de Diputados, y de la fracción del Senado que corresponda, a iniciar un proceso de adopción de una nueva Constitución”.

Y prosigue: «Ese inciso inducirá al Congreso a decidir entre las siguientes alternativas: una comisión bicameral, una convención constituyente mixta de parlamentarios y ciudadanos, y una asamblea constituyente. El quórum necesario será de 3/5 (…) también podrá optarse por un plebiscito para que la ciudadanía elija el mecanismo».

“Cualquiera sea la modalidad que se adopte, el proceso constituyente se desarrollará en no menos de un año ni más de dos años calendario contados a partir de que se defina el proceso de elaboración de la nueva Carta Fundamental”, concluye.

El borrador abre la posibilidad a una segunda alternativa: «Realizar únicamente una modificación al artículo 15, que es parte del capítulo II de la Constitución. Este cambio permitiría elaborar un nuevo proyecto de ley que convoque a un plebiscito por vía legal, en el que las personas decidan si quieren o no una nueva Constitución. Esta opción tendría la ventaja de requerir de un quórum más bajo, de 3/5 de los diputados y senadores, y no 2/3, situación que haría más fácil su viabilidad para el gobierno, considerando que la oposición no está de acuerdo con prosperar en un proyecto de nueva Constitución».

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