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Formalizan a tres ejecutivos de Enel por delitos de contaminación en Coronel Se les acusa de Propagación de elementos tóxicos

Formalizan a tres ejecutivos de Enel por delitos de contaminación en Coronel

La forma de las partículas de cenizas que fueron examinadas por los peritos de la PDI dio, según la Fiscalía de Talcahuano, fue el elemento de prueba para imputar delitos del Código Penal y de la Ley de Pesca a los altos ejecutivos de la Termoeléctrica Bocamina. En la resolución, el juez argumentó que “lamentablemente en Chile no hay verdadero Derecho Penal Ambiental, lo que no permite una real, efectiva y eficaz protección del medioambiente (…) para castigar a lo que la dogmática jurídica denomina delincuentes ambientales”.


Propagación de elementos tóxicos para la salud de animales y plantas, así como presunta contaminación de las aguas de la Bahía de Coronel, son los delitos contemplados en el Código Penal y en la Ley de Pesca, que fueron imputados por la Fiscalía de Talcahuano en contra de tres ejecutivos de la empresa ENEL Chile (ex Endesa).

Los ejecutivos de la compañía que fueron imputados son el entonces encargado de las plantas termoeléctricas a nivel nacional, Pablo Arnés Poggi; el encargado de medioambiente de Bocamina, David Poblete; y el jefe de planta, Mario Enero. Según la Fiscalía, estos funcionarios “no podían no saber lo que estaba ocurriendo en la planta. Por eso se les imputó responsabilidad”, como se fundamentó ante el Juzgado de Garantía de Coronel.

La investigación incluye los años 2012 a 2015, la cual fue iniciada de oficio por la fiscal Ana María Aldana, especialista en delitos medioambientales, luego que se produjera una varazón de langostinos en las playas de la zona de Coronel.

Tras la audiencia, la persecutora explicó por qué la seguridad que tienen respecto a que la contaminación proviene de la planta Bocamina y no de otras empresas que tienen las mismas actividades en este sector.

“Hay dos elementos. Uno es que cuando buscamos cenizas, la encontramos alrededor de Bocamina. Y esto tenía relación con la rosa de los vientos que trazamos, para ver hacia donde podían ir las cenizas. Y el segundo elemento es lo que obtuvimos de las propias cenizas que tenían partículas que, al ser analizadas a nivel microscópico, se pudo acreditar que tenían una forma esférica. Eso implicaba que eran producto de un proceso industrial que exigía altísimas temperaturas, mucho más allá de lo que es combustión de motores de vehículos, o de combustión a leña o de otro tipo de fuentes de calor, y la literatura científica es unánime en señalar que ello corresponde a actividad de termoeléctricas”, aseguró.

La fiscal Aldana agregó que, sumando estos antecedentes y las tomas de muestras efectuadas en suelo marino, también en suelos costeros, además de muestras tomadas en los techos de las casas  de la gente que vive en distintos puntos de la ciudad de Coronel, “más este informe de microanálisis, para nosotros quedaba descartada otra fuente contaminante, ya que es la bioacumulación que señalan los informes, la que se produce solo respecto de quien ya estaba en operaciones (a la fecha de inicio de la investigación), como es Bocamina”.

Con ello desestimó de paso algunos argumentos que había deslizado la defensa de los ejecutivos de Enel, al plantear que esta contaminación puede ser histórica, producto de otras faenas y explotaciones cupríferas. “La mina de carbón no produce partículas esféricas, porque no tiene este tipo de inyección tan alta de calor, entonces, por la forma (de la partícula) es que acreditamos la participación” (en el hecho punible), aclaró Aldana.

Defensa prepara informes

El abogado Daniel Praetorius, defensor de los ejecutivos formalizados, planteó que recién “después de cinco años, conocemos las imputaciones concretas que está haciendo la fiscalía. Eso nos va a permitir preparar nuestra defensa y aportar antecedentes a la fiscalía para esclarecer las dudas que tiene” respecto a esta supuesta contaminación.

De acuerdo con su planteamiento, “tenemos la convicción que se ha cumplido con la legislación ambiental vigente y, como ha dicho la fiscalía, hoy por hoy la empresa tiene los más alto estándares ambientales para este tipo de centrales”, por lo que prontamente aportarán sus propios informes a la Fiscalía para demostrar “que no somos fuente de esa eventual contaminación”, dijo.

Por su parte, el senador Alejandro Navarro, quien es querellante en esta causa, considera que “la empresa ENEL no ha asumido el peso de este proceso, creo que está subestimando la denuncia. Si bien ellos son italianos y llegaron ahora último, deben responsabilizarse de lo que la empresa hizo cuando era española. Ellos compraron el activo y hay responsabilidad corporativa, y me parece que no terminan de asumirla y espero que también contribuyan a un elemento esencial, como es mitigar y enfrentar los daños a la salud de las personas, porque este es un juicio sólo por daño medioambiental”.

Justamente, el daño en las personas es lo que se evalúa perseguir ahora como delito por parte de los investigadores, ya que existe un estudio hecho por el Instituto de Salud Pública, ISP, “que no midió plomo en la sangre de los niños, sino que sólo midió arsénico, mercurio, cadmio, y encontró todo eso en la sangre de los niños (de una escuela de Coronel). Pero no midieron plomo, que es el elemento más contaminante”, alegó el parlamentario.

Magistrado ambientalista

El magistrado Jorge Henríquez Mora, del Juzgado de Garantía de Coronel, decretó la medida cautelar de firma quincenal para los tres imputados.

Pero poco antes de esa resolución, mientras daba cuenta de los argumentos esgrimidos en esta audiencia, dijo que “lamentablemente en Chile no hay verdadero Derecho Penal Ambiental, lo que no permite una real, efectiva y eficaz protección del medioambiente, como sucede en la legislación de otros países, para castigar a lo que la dogmática jurídica denomina delincuentes ambientales, que se daría en ciertas entidades empresariales de gran potencial contaminador, y que tienen un gran poder económico y un poderoso grado de influencia de las instituciones públicas, ya que la frondosa legislación civil y administrativa no es suficiente para contener adecuadamente esas acciones, pues han sabido sobrepasar sin problemas los obstáculos que estas leyes les han impuesto.(…) Esa es una tarea para nuestros legisladores y colegisladores”, planteó el juez.

Frente a esta invitación a legislar en estas materias hecha por el magistrado, el parlamentario presente, senador Navarro, respondió que, “como dijo Jorge Rodríguez Grossi, cuando fue ministro de Economía, hay quienes en el gobierno, y en este gobierno de Michelle Bachelet, el ministro de Hacienda Rodrigo Valdés, quien cree que el país debe tener un ingreso per cápita de 40 mil dólares para tener una legislación medioambiental restrictiva y defensora de la vida y del medioambiente. Hay manga ancha, nula participación de la ciudadanía vinculante. Y a pesar de que los tribunales ambientales están debutando, la capacidad de la prueba siempre cae en los vecinos, o sea, ellos deben demostrar que hay contaminación. Y eso es una debilidad de la legislación”.

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