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Ley de aborto: Clínica Universidad de Los Andes será objetora de conciencia en las tres causales

Ley de aborto: Clínica Universidad de Los Andes será objetora de conciencia en las tres causales

La semana pasada el Ministerio de Salud modificó el protocolo de objeción de conciencia, lo que permite a las clínicas privadas ser objetoras de conciencia y aún así mantener convenios con el Estado.


La semana pasada, el Ministerio de Salud modificó el protocolo de objeción de conciencia en el marco de la Ley de Aborto en 3 Causales, generando reacciones en diferentes sectores de la política chilena, especialmente de ex ministros del gobierno de Michelle Bachelet.

Tras el cambio realizado por el Minsal, la Clínica Universidad de Los Andes informó, a través de un comunicado en su página web, que contarán con objeción de conciencia institucional en las 3 causales que la ley establece.

«De conformidad con lo dispuesto en el art. 119 ter del Código Sanitario, incorporado por Ley N° 21.030, que regula la despenalización del aborto en tres causales, haciendo uso del derecho que contempla el párrafo final del inciso primero de dicho artículo, y dando cumplimiento a la resolución exenta N°61, del Ministerio de Salud  del 22 de Marzo de 2018, Clínica Universidad de los Andes deja constancia de su objeción de conciencia institucional en relación con la interrupción voluntaria del embarazo en las tres causales que contempla dicha Ley», señala el comunicado.

La modificación del protocolo de objeción de conciencia publicado a finales de enero elimina el punto N°2 del Título IV, el cual determinaba que «los establecimientos públicos de salud así como aquellos privados que se encuentren adscritos al Sistema Nacional de Servicios de Salud mediante la celebración de convenios a los que se refiere el decreto con fuerza de ley N° 36 de 1980, del Ministerio de Salud, no pueden invocar objeción de conciencia, en la medida en que el objeto de dichos convenios contemple prestaciones de obstetricia y ginecología. En consecuencia, dicha objeción no afectará la vigencia, ni la posibilidad de suscribir los convenios que digan relación con otras prestaciones y/o tengan por efecto otras áreas de especialidad».

Con la eliminación de este punto, las clínicas privadas podrán ser objetoras de conciencia y aún así mantener convenios con el Estado.

«Al hacer uso de esta facultad legal, Clínica Universidad de los Andes honra uno de sus valores fundacionales, que es la protección de la vida humana, desde su concepción hasta su término natural», finaliza el texto.

 

Foto: www.clinicauandes.cl

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