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Suprema califica de “abuso” negativa del Ejército a transparentar gastos en vestuario y lo obliga a poner datos sobre la mesa PAÍS

Suprema califica de “abuso” negativa del Ejército a transparentar gastos en vestuario y lo obliga a poner datos sobre la mesa

En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal acogió el recurso de queja contra la resolución de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había dado la razón a la rama castrense en su negativa a la entrega de la información. Para la Corte Suprema, hubo una “falta o abuso grave al denegar la información solicitada por Ley de Transparencia, que no está cubierta por causal de reserva”.


No sólo las platas que el Ejército ha ocupado en viajes, viáticos, gastos reservados y hasta insumos de computación y fotocopias están bajo la lupa de la justicia. Ahora, la Corte Suprema ordenó a la institución castrense entregar información sobre las compras de vestuario y calzado en 2016 y 2017 ordenadas por la institución.

En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Arturo Prado y Pedro Pierry– acogió el recurso de queja contra la resolución de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había dado la razón al Ejército en su negativa a la entrega de la información.

De este modo, el máximo tribunal del país confirmó la decisión del Consejo para la Transparencia que pidió a la rama castrense levantar los datos. En todo caso, la decisión fue adoptada con los votos en contra de los ministros Aránguiz y Prado.

El proceso se inició en septiembre de 2017, cuando Patricio Reyes Morel requirió una “copia de las resoluciones del Comando de Apoyo a la Fuerza o de la División de Adquisiciones del Ejército que aprueben la adquisición por compra directa a FMS (Foreing Military Sales) de Estados Unidos, a otras organizaciones o empresas estatales extranjeras y/o a otras organizaciones o empresas extranjeras sin importar su propiedad, de elementos correspondientes a vestuario, calzado y equipo, durante los años 2016 y 2017”.

Sin embargo, el Ejército negó los datos señalando que dicha información “se encontraba sujeta a reserva legal de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 436 del Código de Justicia Militar en relación a la causal del artículo 21 N°3 de la Ley N° 20.285”.

La institución además justificó su negativa señalando que no puede acceder a transparentar dicha información “cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte la seguridad de la Nación, particularmente si se refiere a la defensa nacional o la mantención del orden público o la seguridad pública”.

El proceso escaló hasta llegar a la Corte Suprema, para la que el recurso de queja procede, dado que los recurridos “incurrieron en falta o abuso grave al denegar la información solicitada por ley de transparencia, que no está cubierta por causal de reserva”.

“Los recurridos concluyeron que se trataba de entrega de información crítica que atentaba contra de la seguridad nacional, por cuanto entendieron que este tipo de requerimiento de vestuario, calzado y equipos pueden develar detalles de las necesidades de las tropas destinadas justamente a la defensa de la Nación. Sin embargo, tales afirmaciones de los jueces reclamados no pasan de ser sino meras suposiciones que no se sostienen en ningún elemento de convicción concreto que conste en los autos, sin perjuicio que eludieron considerar la forma en que el Consejo para la Transparencia decretó la entrega de la misma, en la decisión del amparo C 664-2018″, sostiene el fallo.

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