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Universidades estatales cuestionan fallo que declaró nula la reelección de Zolezzi en la Usach: «Vulneran la autonomía» PAÍS

Universidades estatales cuestionan fallo que declaró nula la reelección de Zolezzi en la Usach: «Vulneran la autonomía»

El Consorcio de Universidades del Estado dijo que es necesario que se haga una «revisión» del dictamen del Primer Tribunal Electoral Metropolitano, que ordenó repetir la elección.


Hace casi un mes, el Primer Tribunal Electoral de la Región Metropolitana declaró nula la elección donde Juan Manuel Zolezzi fue reelegido rector de la Universidad de Santiago. En ese momento, ordenaron repetir el proceso eleccionario.

Tras conocer el fallo, la Universidad de Santiago decidió apelar ante el Tribunal Calificador de Elecciones, el que ahora debe resolver.

Ante el hecho, el Consorcio de Universidades del Estado (CUECh) expresó «su preocupación por el alcance que algunos aspectos contenidos en dicho fallo podrían tener para un correcto funcionamiento de las universidades del Estado, en tanto vulneran su autonomía y afectan negativamente los procesos eleccionarios de su máxima autoridad», haciendo ver que ley faculta a esas instituciones «para estructurar su régimen de gobierno y de funcionamiento interno de conformidad a sus estatutos y reglamentos universitarios».

En ese sentido, afirma que «resulta preocupante que el fallo ignore definiciones institucionales contenidas en estatutos y reglamentos internos que se encuentran vigentes –como la definición de quiénes son académicos de cada una de las universidades del Estado– y, junto con ello, invalide la exigencia legal de un año de antigüedad de los académicos para sufragar e impida la posibilidad de ponderación de votos del electorado».

Respecto de la exigencia del año de antigüedad para poder sufragar, afirma que eso «permite establecer, con la anticipación debida, el tamaño e integración del cuerpo electoral» y «otorga certeza al sistema».

«La eliminación de estas normas desconocería la tradición y el valor que las jerarquías académicas tienen en el funcionamiento de estas instituciones, así como el reconocimiento a los tiempos de dedicación de los académicos que se encuentran más directamente vinculados al desarrollo de la misma», indicaron.

Ante esto, afirma que «consideramos necesaria la revisión de este fallo en las instancias pertinentes, con el objeto de alcanzar una interpretación que sea armónica con la autonomía de estas universidades, respetuosa de la tradición y valor de la carrera académica, así como del texto de la Ley N° 21.094».

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