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Mineduc informa sobre cierre del año escolar y recuperación de clases para establecimientos tras la crisis PAÍS

Mineduc informa sobre cierre del año escolar y recuperación de clases para establecimientos tras la crisis

El Mineduc aceptó la propuesta planteada por los alcaldes de Antofagasta, Calama y Tocopilla en cuanto a entregar flexibilidad para el término del año escolar y la recuperación de clases. Además, se señala que la cartera está estudiando las medidas necesarias para asegurar el pago de la subvención correspondiente.


«Los incidentes vividos en nuestro país a partir del 18 de octubre del presente año han impactado en el funcionamiento regular de algunos establecimientos educacionales, los que han operado con menos asistencia o en casos particulares suspendido clases», así comienza un comunicado de la División de Educación General, dependiente del Ministerio es Educación (Mineduc), para informar a los seremis regionales sobre las medidas de «flexibilidad» para los establecimientos educacionales.

El objetivo es  «resguardar la integridad y seguridad de todos los estudiantes, profesores, asistentes de la educación y directores» en el marco del estallido social que sacude al país, según consigna el comunicado.

En concreto, el Mineduc aceptó la propuesta planteada por los alcaldes de Antofagasta, Calama y Tocopilla en cuanto a entregar flexibilidad para el término del año escolar y la recuperación de clases. Además, se señala que la cartera está estudiando las medidas necesarias para asegurar el pago de la subvención correspondiente.

1) Calendario Escolar

El documento señala que el calendario escolar regional de 2019 en general establece como fechas de cierre el 6 de diciembre para los establecimientos educacionales con Jornada Escolar Completa y el 20 de diciembre para aquellos que no tienen Jornada Escolar Completa (a excepción de las regiones de Magallanes y Aysén), fechas que se mantendrán sin modificaciones».

«Solo las clases no realizadas desde el 21 de octubre hasta la fecha del presente oficio no deberán recuperarse en la medida que los objetivos pedagógicos se hayan cumplido», añade el comunicado, aclarando que «los aprendizajes deberán ser reforzados al inicio del próximo año escolar».

2) Recuperación de clases

Respecto a la responsabilidad de los sostenedores de establecimientos subvencionados de mantener en funcionamiento su establecimiento educacional, en la forma y condiciones exigidas por la Ley de Subvenciones, y a fin de cumplir con dicha obligación legal, «estos adoptaron las medidas pertinentes para recuperar las clases no impartidas con motivo de la paralización de actividades docentes de este año y permitir el pago de la respectiva subvención».

«Con esta finalidad algunos sostenedores recalendarizaron, contando con la aprobación de la autoridad regional la recuperación de las clases perdidas» y éstos tendrán la opción hacerlo «en los meses de diciembre y enero próximo, o bien, al inicio del año escolar 2020. En este último caso, el año escolar deberá iniciarse durante el mes de febrero», precisa el oficio.

3) Pago de Subvenciones

La División de Educación General del Mineduc finalmente se refiere a aquellos establecimientos que durante el período comprendido entre el 21 de octubre y la finalización del año lectivo vieron afectada la asistencia de sus estudiantes.

«El Ministerio de Educación se encuentra estudiando las medidas necesarias para asegurar que el pago de la subvención no se vea afectado», informaron.

Consulta el documento completo a continuación:

Ord.N°2074 DEG 28.11.2019 by El Mostrador on Scribd

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