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¿Pueden los extranjeros votar en el plebiscito? Presidente del Servel pidió al Gobierno que aclare la situación PAÍS Crédito: Agencia Uno

¿Pueden los extranjeros votar en el plebiscito? Presidente del Servel pidió al Gobierno que aclare la situación

Patricio Santamaría respondió a un usuario de Twitter que le preguntó por qué había aumentado poco el padrón a usar en el plebiscito, explicando que «al estar convocada la ciudadanía a votar en el plebiscito del 26 de abril de 2020, el padrón electoral provisorio (…) está conformado sólo por compatriotas y no es comparable con el de las elecciones 2017 que incluía a electores extranjeros con derecho a voto».


Una nueva polémica sumó el Plebiscito que se realizará en abril para decidir la creación de una nueva Constitución: ¿podrán votar los extranjeros con derecho a voto?

Al respecto, el presidente del consejo directivo del Servicio Electoral (Servel), Patricio Santamaría, respondió a un usuario por qué había aumentado poco el padrón a usar en el plebiscito, explicando que «al estar convocada la ciudadanía a votar en el plebiscito del 26 de abril de 2020, el padrón electoral provisorio (…) está conformado sólo por compatriotas y no es comparable con el de las elecciones 2017 que incluía a electores extranjeros con derecho a voto».

Esto generó críticas, al haberse interpretado como «ciudadanía» sólo a los chilenos con derecho a voto. Debido a esto, Santamaría explicó sus tuiteos, diciendo que el plebiscito de abril tiene la «particularidad» de no haber ocurrido «antes en el país y para eso nosotros hemos tenido en vista el procedimiento que existe para determinar los padrones electorales».

Debido a esto, según Santamaría no hay claridad en el proceso, por lo que dijo, en entrevista con el diario La Tercera, que le pidieron al Gobierno «que se aclare si en este caso, al convocarse a la ‘ciudadanía’ se estaría también convocando también a los extranjeros con más de cinco años de residencia en Chile».

Mesa Técnica refuta a Santamaría

A través de un comunicado, los 14 integrantes de lo que se denominó la “Mesa Técnica” -que estableció las reglas para el plebiscito de abril en que los chilenos votarán si quieren o no una nueva Constitución- salieron a refutar los dichos del presidente del Servel, Patricio Santamaría,

«Son varias las razones que nos llevan a sostener que la lectura que hace el Presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral de la frase transcrita es equivocada”, agregando que “la exclusión en el ejercicio del derecho a voto de un grupo de personas, en este caso los extranjeros residentes en Chile, exigiría encontrar una decisión expresa de los órganos colegisladores que entregara además sólidas razones para sostener una exclusión como esa. Nada de ello se podrá encontrar en la discusión de la Comisión Técnica o en la sostenida durante la tramitación de la Reforma Constitucional en el Congreso Nacional. Por el contrario, de la lectura de la reforma se puede concluir que los extranjeros con derecho a voto sí pueden participar del plebiscito de abril, sin que nunca hayan sido excluidos”.

Sobre esta polémica, “el artículo 14 de la Constitución dispone que ‘los extranjeros avecindados en Chile por más de cinco años, y que cumplan con los requisitos señalados en el inciso primero del artículo 13 (mayores de 18 años y no haber sido condenado a pena aflictiva), podrán ejercer el derecho de sufragio en los casos y formas que determine la ley’. Es decir, hay una norma constitucional que autoriza a los extranjeros en Chile que cumplen ciertos requisitos a sufragar en los casos y formas que determine la ley”.

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