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Corte de Concepción ordena el reingreso a prisión preventiva de militar imputado por apremios ilegítimos PAÍS Foto: Poder Judicial.

Corte de Concepción ordena el reingreso a prisión preventiva de militar imputado por apremios ilegítimos

En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Carola Rivas Vargas, Viviana Iza Miranda y la abogada (i) Riola Solano Guzmán– revocó la resolución recurrida, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, el pasado viernes 27 de diciembre, tras establecer que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y que no han variado los antecedentes que justifiquen el cambio de cautelar.


La Corte de Concepción acogió hoy –lunes 6 de enero– el recurso de apelación presentado en contra de resolución que revocó la prisión preventiva de Héctor Hernán Herrera Villa, sargento del Ejército, imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de apremios ilegítimos. Ilícito cometido el martes 22 de octubre recién pasado, en la comuna.

En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Carola Rivas Vargas, Viviana Iza Miranda y la abogada (i) Riola Solano Guzmán– revocó la resolución recurrida, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, el pasado viernes 27 de diciembre, tras establecer que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y que no han variado los antecedentes que justifiquen el cambio de cautelar.

«Que los nuevos antecedentes alegados por la defensa en la audiencia respectiva y reiterados en estos estrados, no aportan condiciones nuevas para desvirtuar los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, de la forma como fueron establecidos en la resolución de cuatro de noviembre pasado, pronunciada por esta Corte», sostiene el fallo.

La resolución agrega: «Que, cuanto a la letra c) del artículo 140 antes citado, se estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, tal como se indicó en el considerando 6° de la resolución ya mencionada, por cuanto es la prisión preventiva la medida cautelar proporcional atendida la gravedad de la pena asignada al delito por el que fue formalizado el imputado, el carácter del mismo como atentado a los derechos humanos, las circunstancias que rodearon el hecho, así como la existencia de condenas anteriores por delitos de lesiones que fueron individualizadas por el Ministerio Público, todas las cuales corresponden a delitos en contra de la integridad física de diversas víctimas. De esta manera se configuran a lo menos tres de los presupuestos de peligrosidad señalados en la norma legal mencionada».

Por tanto, concluye que: «SE REVOCA, la resolución apelada de veintisiete de diciembre pasado, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva dispuesta en contra de HÉCTOR HERNÁN HERRERA VILLA y en su lugar se decide, que se mantiene la referida medida cautelar».

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