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Condenan a 2 años de prisión efectiva a Alfonso Bulnes por lesiones con alevosía contra Max Raide PAÍS

Condenan a 2 años de prisión efectiva a Alfonso Bulnes por lesiones con alevosía contra Max Raide

Durante esta jornada se leyó la sentencia contra Alfonso Bulnes y Enrique Searle, quienes agredieron brutalmente al empresario gastronómico Max Raide por defender a dos mujeres que eran acosadas por los condenados, en octubre de 2020 en Vitacura. El Tercer Juzgado Oral en Lo Penal de Santiago condenó a Bulnes a la pena de dos años de presidio menor en su grado medio y a Searle a la pena de seiscientos días de presidio menor en su grado medio. Además, a ambos a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como coautores del delito de lesiones graves. “Es una sentencia que acogió todas las pretensiones de la Fiscalía en cuanto a que ambos eran autores del delito de lesiones graves, y que ambos habían actuado con alevosía en contra de la víctima y que además, en el caso del acusado Bulnes se acogió el agravante de que cometió este delito mientras cumplía otra condena. En ese sentido podemos decir que el Tribunal recogió todo lo que habían solicitado, tanto la Fiscalía como los acusadores particulares”, indicó Araya.


Luego de un mes de juicio oral y que los jueces del Tercer Juzgado Oral en Lo Penal de Santiago los encontraran culpables, este miércoles se dio a conocer la pena de Alfonso Bulnes y Enrique Searle, quienes agredieron brutalmente al empresario gastronómico Max Raide, en octubre de 2020 en Vitacura.

Leída la sentencia, el Tribunal condenó a Bulnes a la pena de dos años de presidio menor en su grado medio y a Searle a la pena de seiscientos días de presidio menor en su grado medio. Además, a ambos a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como coautores del delito de lesiones graves con alevosía.

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En el caso de Searle, de acuerdo a la Ley 18.216, se le sustituye la pena impuesta por la de remisión condicional, estableciéndose un plazo de observación por el mismo período de duración de la condena.

Por otro lado, a Bulnes, la pena de prisión efectiva se tiene por cumplida debido al tiempo que estuvo privado de libertad, primero por la medida cautelar de prisión preventiva y luego por las cautelares de arresto domiciliario total y parcial.

El fiscal Juan Pablo Araya destacó que el Tribunal acogiera todos sus requerimientos, como la alevosía, la que es difícil de demostrar, de acuerdo a su relato. Sin embargo, mostró dudas con respecto a las atenuantes que otorgó a Searle, como la irreprochable conducta anterior. Por otro lado, en el caso de Bulnes, el tribunal acogió el requerimiento de Fiscalía de la agravante que significa cometer un delito mientras se cumple otra condena y la atenuante de que colaboró en la investigación de los hechos, reconociendo haber golpeado a Raide.

“Es una sentencia que acogió todas las pretensiones de la Fiscalía en cuanto a que ambos eran autores del delito de lesiones graves, y que ambos habían actuado con alevosía en contra de la víctima y que además, en el caso del acusado Bulnes se acogió el agravante de que cometió este delito mientras cumplía otra condena. En ese sentido podemos decir que el Tribunal recogió todo lo que habían solicitado, tanto la Fiscalía como los acusadores particulares”, indicó Araya.

“Efectivamente uno puede decir que es una sentencia que da razón a la Fiscalía y a los acusadores particulares, en cuanto a lo que nosotros estimamos que había ocurrido el día de los hechos y de que ambas personas son culpables de ese delito respecto de la víctima. Solo queda hacer el análisis efectivo de las consideraciones que tuvo el Tribunal respecto de la imposición concreta de pena en base a las circunstancias atenuantes que consideró concurrente respecto de los acusados”, agregó.

Lea la sentencia completa en el siguiente link.

Causa por amenazas

Por otra parte, la Fiscalía Oriente estaría investigando una causa por amenaza a testigos en este caso contra a dos hermanos del condenado Alfonso Bulnes.

Durante el juicio oral, en el que resultaron condenados Bulnes y Searle, varios testigos señalaron haber sido amenazados y presionados para que no fueran a a declarar. Esos testimonios se van a sumar a la arista amenazas. Los testigos son representados por el ex fiscal del caso farmacias Luis Inostroza.

La agresión

Los hechos por los cuales Bulnes y Searle fueron encontrados culpables tuvieron lugar durante la madrugada del 1 de octubre de 2020, en las inmediaciones del Restaurant Europeo propiedad de la familia Raide en Vitacura. Esa noche ambos condenados venían de acosar a un par de mujeres cuando Raide les pidió que dejaran de acosarlas y de beber en la vía pública. Eso bastó para que Bulnes y Searle desataran su furia contra Raide, golpeándolo con objetos contundentes. Producto de la golpiza, el empresario gastronómico quedó con severos daños oculares que le significaron la pérdida de una buena parte de la visión de su ojo izquierdo y de manera permanente, de acuerdo al SML. Los condenados intentaron llegar a un arreglo económico para evitar la cárcel a lo que Raide se opuso de manera tajante y pidió el máximo de pena para ambos.

Ambos imputados llegaron a juicio sin tener irreprochable conducta anterior. Al día siguiente de la agresión, el 2 de octubre, se conoció la condena a tres años de libertad vigilada contra Bulnes por conducir en estado de ebriedad, pasando una luz roja y matando, en 2017, a Domingo Vicuña Subercaseaux, de entonces 25 años, e hijo de la gerenta del estudio de abogados donde trabaja otro de los hermanos Bulnes Concha.

La Fiscalía estimó, en su acusación, que para Alfonso Bulnes es aplicable el artículo 12, n°14, del Código Penal, que considera una agravante cometer un delito “mientras se cumple una condena”, o después de “haberla quebrantado”, en este caso por la muerte de Domingo Vicuña.

Enrique Searle, tampoco tiene “irreprochable conducta anterior”, ya que consta en sus antecedentes una condena de 2019 por consumo de drogas “en público y concertado para ello”, en San Felipe, proceso que terminó con el pago de una multa.

Justo al día siguiente de la agresión se conocía la sentencia de Bulnes a pena remitida por conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte, y en el caso de Por esas razones, la Fiscalía pidió 5 años de cárcel para el primero y 3 años para el segundo. La investigación fue liderada por los fiscales Lorena Parra, Felipe Sepulveda y Juan Pablo Araya.

Pese a que la defensa de los imputados quiso llegar a una juicio abreviado, mediante una reparación económica, Max Raide junto a sus abogados Juan Domingo Acosta, Nicolás Garrido y el ex fiscal Alberto Aguilera, fueron tajantes en afirmar que lo único que cabe en este caso es la justicia y lo que corresponde es la pena de cárcel, por lo que descartaron toda posibilidad de arreglo económico. “No me interesa un solo peso de estos delincuentes, solo que sean condenados con el máximo de penas de cárcel, por lo que hicieron y que les sirva de lección a los acosadores de mujeres en nuestro país”,

“Me tiró el pelo”

Una de declaraciones clave en este proceso la dio una de las víctimas del acoso, de iniciales A. D. “Al pasar por nuestra mesa estos sujetos empiezan a molestarnos reiteradamente”. (Alfonso Bulnes) “se acerca por detrás mío y me tira el pelo”. “Estos dos sujetos a mi parecer estaban bajo los efectos del alcohol y las drogas, debido al nivel de acoso hacia mí y mi amiga, como el nivel de agresividad hacia el conductor del vehículo”.

Tal como describen las testigos, quien aparece en su vehículo es el empresario Max Raide. Se detiene y les pide que dejen tranquilas a las mujeres y que dejen de tomar en la calle.

“Fue en ese momento cuando sin mediar provocación alguna uno de ellos [Bulnes de chaleco celeste] abre la puerta del conductor, le revienta una copa en la cara y comienza a agredirlo. Mientras el segundo individuo [Searle] abre la puerta del copiloto y comienza a agredirlo con golpes de puño”, asegura una decena de testigos que presenciaron el ataque.

Una de las mujeres que anteriormente habían sido acosadas por ellos, se devuelve al auto para intentar sacar de encima a Bulnes, que tenía la mitad del cuerpo dentro del auto de Raide y lo golpeaba con fuerza, pero no puede. Por eso interviene el cuidador de autos que habitualmente está en el estacionamiento del Europeo, L. V., quien sí logra que saque el cuerpo del auto y deje de golpear a Raide.

También corren hasta el auto B. S. y R. H, dos empleados del restaurante que estaban esperando micro. Ellos y los demás testigos ven cómo Bulnes y Searle se alejan del auto, dejando a Max Raide inconsciente y saltan, unos metros más allá, el muro de la casa ubicada en Pedro Villagra 2474, propiedad de Gustavo Cobarrubias, quien se desempeñaba como administrador del campo de la familia Bulnes Concha, quien los esconde en su interior. “Sale el propietario de la casa y nos dice que nos vayamos”, declaró otro de los testigos.

Este detalle, de escapar saltando una muralla, es clave para entender cómo siguió este proceso. Raide, de acuerdo a lo que declara como testigo el actual diputado y bombero Cristián Araya, se encontraba en un estado físico lamentable, y junto con auxiliarlo lo lleva a la urgencia de la Clínica Alemana, donde el oftalmólogo de turno le diagnostica “trauma ocular grave con fractura del piso de la órbita izquierda y uveítis traumática izquierda”.

 

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