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EE.UU. fustiga a tribunales chilenos por su mano blanda contra traficantes de personas PAÍS

EE.UU. fustiga a tribunales chilenos por su mano blanda contra traficantes de personas

Carlos Basso Prieto
Por : Carlos Basso Prieto Unidad de Investigación de El Mostrador
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Justo en momentos en que Chile es vapuleado con dureza por el Partido Republicano estadounidense, debido al uso de la Visa Waiver por parte de delincuentes que van a efectuar tours criminales a algunos de los condados más acomodados de esa nación, el Departamento de Estado emitió un informe que pone el foco en cómo distintas sentencias en nuestro país han resultado más que favorables para sujetos implicados en trata de personas y/o explotación sexual infantil.


Hace pocos días, el Departamento de Estado (DE) de Estados Unidos emitió su tradicional Informe sobre la Trata de Personas 2023, centrado en Chile. El reporte se inicia más o menos favorable para el país, señalando que este cumple “con los estándares mínimos de eliminación del tráfico” y, luego, agrega que “el gobierno ha mostrado esfuerzos serios y sostenidos durante el periodo” en orden a erradicar la trata de personas, los que “incluyen investigar y perseguir a supuestos traficantes e incrementar la penalidad para quienes trafican menores con fines de explotación sexual”.

Sin embargo, a juicio de la agencia a cargo de la política exterior estadounidense, “los tribunales chilenos emitieron condenas indulgentes en contra de traficantes convictos, lo que redunda en un patrón de sentencias suspendidas que mina los esfuerzos nacionales para combatir el tráfico“, dirigiendo también una crítica al Ministerio Público, pues el mismo informe señala que “la atención a las víctimas es dispareja, con acceso limitado a la protección de víctimas hombres”.

La abogada Carolina Rudnick, presidenta de la organización no gubernamental (ONG) Libera, especializada en combatir y denunciar la trata de personas y la esclavitud, explica al respecto que el informe de EE.UU. “evalúa a los países en sus niveles de implementación de políticas de prevención, protección y asistencia a víctimas” y que tradicionalmente Chile ha sido señalado como “un país de sentencias bajas, muy leves, que no se condecían con la gravedad de la conducta” en casos de tráfico de personas.

En efecto, en referencia a las numerosas salidas alternativas que ofrece el sistema procesal penal, los estadounidenses indican también que “con frecuencia, los jueces suspenden o conmutan sentencias de menos de cinco años de prisión, incluso cuando se trata de sentencias en casos de tráfico de personas y de otros crímenes graves“.

Destacando, en tal sentido, que en diciembre de 2002 se enmendó el artículo 367 del Código Penal, que sanciona a quienes promuevan o faciliten la prostitución infantil, se critican duramente varias resoluciones judiciales, entre ellas, los tres años y un día que, en un juicio abreviado, recibieron tres traficantes de personas.

Otro caso que se menciona ácidamente es el de un chofer de buses que recibió 17 años de cárcel, como autor de explotación sexual de niñas de Valparaíso, juicio que después fue anulado por la Corte de Apelaciones.

Ante ello, se indica que “muchos traficantes condenados en tribunales chilenos cumplieron sus penas en libertad condicional, sin prisión después del juicio. En los últimos tres años, los jueces condenaron a nueve de 28 traficantes a penas que están sobre el mínimo obligatorio y suspendieron las sentencias del 68 por ciento de los traficantes condenados desde 2021, lo que debilita la disuasión“.

La Fiscalía

En el caso del Ministerio Público, el documento señala que no existen fiscalías especializadas en tráfico de personas y que “observadores han expresado preocupación en orden a que algunos fiscales locales no están familiarizados con el tráfico de personas y fallan en reconocer los crímenes de este tipo, especialmente los casos de trata de personas con fines de trabajos forzados”.

En medio de este panorama, se destaca que, durante 2022, la Fiscalía –junto a Sernameg y otros entes estatales– proveyó atención especializada a 51 víctimas (31 de ellas mujeres), todas extranjeras: venezolanas, dominicanas, peruanas y bolivianas, agregando que, mientras todas las mujeres fueron localizadas en refugios, no existen lugares donde proteger a los hombres que han sido víctimas de trata de personas, por lo cual la Unidad de Víctimas y Testigos del Ministerio Público los tuvo que ir dejando en hoteles. En términos de dinero, la protección de estas víctimas significó 62 millones de pesos a las Unidades Regionales de Atención a las Víctimas y Testigos (URAVIT) y 129.7 millones al Sernameg.

El tráfico de personas, argumentan los norteamericanos, afecta en mayor medida a mujeres de origen extranjero, principalmente de Venezuela y Colombia, y –al respecto– se citan “informes del gobierno que indican que los migrantes bolivianos, colombianos, paraguayos y tailandeses son especialmente vulnerables al tráfico“.

Asimismo, el texto especifica que “los niños que se encuentran en centros de protección de la infancia están en riesgo de abuso sexual, incluyendo el tráfico, y algunos traficantes reclutan niños que están bajo cuidado estatal“.

Del mismo modo, se denuncia que existen personas explotadas laboralmente “en la minería, agricultura, acuicultura, construcción, venta callejera, servicios domésticos, hotelería, restaurantes y venta de ropa”.

Por otro lado, aludiendo al Tren de Aragua y otras entidades mafiosas, el Departamento de Estado asegura que “organizaciones criminales transnacionales explotan víctimas, especialmente mujeres y niños extranjeros, traficándolos con fines de sexo y explotación laboral en todo Chile“.

Ante ello, Rudnick señala que en las recomendaciones que formula el DE estadounidense figura como prioritario “el poder identificar una activación de víctimas de trata en el marco de los grupos migrantes vulnerables”, a lo que se agrega –según indica el informe– “investigar vigorosamente, perseguir y, cuando corresponda, condenar a traficantes, incluyendo a los traficantes domésticos de niños con fines de explotación sexual”.

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