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Prohíben salir del país a Gabriel Ruiz-Tagle por infringir la ley en venta de acciones de Colo Colo PAÍS

Prohíben salir del país a Gabriel Ruiz-Tagle por infringir la ley en venta de acciones de Colo Colo

La Corte de Apelaciones de Santiago decretó medidas cautelares contra el exministro del Deporte del gobierno de Piñera y expresidente de Blanco y Negro, tras ser formalizado por delitos de uso de información privilegiada e infracción a la Ley de Valores por la venta de acciones del club albo. Ruiz-Tagle, quien además fue investigado en el caso de colusión del papel higiénico, no podrá salir del país y tendrá que firmar mensualmente en una comisaría de Lo Barnechea. Anteriormente, la CMF ya lo sancionó por la compra y venta irregular de acciones.


La Corte de Apelaciones de Santiago decretó arraigo nacional y firma mensual para el exministro del Deporte y expresidente de Blanco y Negro, Gabriel Ruiz-Tagle Correa, por delitos relacionados con el uso de información privilegiada en la compra y venta de acciones de Colo-Colo.

Según consignó El Desconcierto, el tribunal de alzada acogió una petición del Ministerio Público después del dictamen de primera instancia del 7º Juzgado de Garantía de Santiago, que desestimó la aplicación de ambas medidas cautelares contra el también cerebro de la colusión entre las papeleras.

Ruiz-Tagle, exmandmás de Colo-Colo y exintegrante del gabinete de Sebastián Piñera cuyo patrimonio hasta 2015 ascendía a US$120 millones, fue formalizado como autor de tres delitos de uso de información privilegiada e infracción a la Ley de Valores, en la venta de acciones de la concesionaria que administra al “Cacique”.

La Jefatura Nacional de Extranjería y Policía Internacional de la Policía de Investigaciones evitará que Gabriel Ruiz-Tagle salga del país; además, se le requerirá acudir mensualmente a la 53º Comisaría de Carabineros de Lo Barnechea para firmar.

Cabe mencionar que, en noviembre de 2019, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) sancionó a Gabriel Ruiz Tagle y Aníbal Mosa por infringir el artículo 165 de la Ley 18.045 del Mercado de Valores. Ambos, en su calidad de directores de Blanco y Negro S.A., transaron acciones del equipo albo estando en conocimiento de los estados financieros de la sociedad al 31 de marzo de 2018 y que, a esa fecha, no eran de conocimiento público. En dicha oportunidad, Ruiz-Tagle quedó inhabilitado para ejercer cargos en sociedades anónimas por un periodo de cinco años.

“El error cometido por mí de comprar y vender acciones dentro del período de bloqueo fue producto de mi ignorancia de las normas existentes, como así también de la ausencia de una política de Colo-Colo de inducción e información”, declaró el imputado Ruiz-Tagle. Sin embargo, la CMF fue categórica:

  • “Según consta en la Resolución Exenta N° 7604 del 8 de noviembre de 2019, de acuerdo con el procedimiento sancionatorio instruido por la Unidad de Investigación, tras analizar los descargos y pruebas rendidas, el Consejo llegó a la convicción de que el expresidente del directorio de Blanco y Negro S.A., Gabriel Ruiz-Tagle Correa, infringió, en primer lugar, el deber de abstención o prohibición absoluta de adquirir valores estando en posesión de información privilegiada”.
  • Gabriel Ruiz Tagle Correa infringió el mencionado deber de abstención en las adquisiciones de acciones de Colo-Colo que realizó a través de su sociedad relacionada, Inversiones III Ltda., el 29 de mayo de 2018. Las operaciones se ejecutaron estando él en posesión de información privilegiada al haber conocido, el día anterior, los estados financieros de Blanco y Negro S.A. al 31 de marzo de 2018. Estos habían sido aprobados por el directorio y aún no eran publicados.

Ruiz Tagle también infringió la prohibición de usar esa misma información privilegiada en beneficio propio en las ventas de acciones realizadas por Inversiones III Ltda. el mismo día 29 de mayo de 2018, evitando de esta manera una pérdida por la baja en el precio de las acciones de Colo-Colo luego de publicarse los referidos estados financieros. Según consta en la declaración prestada por él ante la Comisión, en su opinión, las acciones presentaban un precio muy elevado en relación a su valor económico.

En este caso se concluyó que la defensa de Gabriel Ruiz-Tagle no aportó elementos que permitieran descartar el uso de información privilegiada.

La decisión judicial se determinó luego que la Corredora Larraín Vial S.A.entregara las comunicaciones entre sus ejecutivos y los apoderados de la sociedad Inversiones III, donde Ruiz Tagle era accionista mayoritario.

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