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Corte ordena a defensores públicos devolver en 24 horas antecedentes entregados por juez Barraza PAÍS

Corte ordena a defensores públicos devolver en 24 horas antecedentes entregados por juez Barraza

El Juzgado de Garantía de Arica ordenó esta jornada, “encontrándose pendiente recurso de protección ante la Corte de Apelaciones y habiéndose decretado por ésta orden de no innovar”, a cuatro Defensores Penales Públicos a hacer devolución “de forma inmediata” de los antecedentes entregados por “el Jefe de Servicios de este Tribunal el miércoles 13 de septiembre”. Tienen 24 horas para hacerlo.


El Poder Judicial sigue con su control de daños luego de la polémica decisión del juez Héctor Barraza, quien ordenó entregar las identidades de testigos y agentes encubiertos que tuvieron la calidad de protegidos a los abogados defensores de la organización criminal Tren de Aragua, en Arica. Este jueves ordenó paralizar la entrega de estos antecedentes pero, según constató El Mostrador, varios abogados ya habían tenido acceso a las identidades de los testigos y de agentes encubiertos.

Es en este contexto que el Juzgado de Garantía de Arica ordenó esta jornada, “encontrándose pendiente recurso de protección ante la Corte de Apelaciones y habiéndose decretado por ésta orden de no innovar”, a los Defensores Penales Públicos Rodrigo Torrres, Ginger Riffo, Violeta Álvarez y Renato Moscoso a hacer devolución “de forma inmediata” los antecedentes entregados por “el Jefe de Servicios de este Tribunal el miércoles 13 de septiembre”.

De acuerdo al fallo firmado por el juez Claudio Gálvez, los defensores tendrán un plazo de 24 horas para dar cumplimiento a lo ordenado, “bajo apercibimiento legal”.

Recordemos que la polémica decisión de Barraza generó indignación en el Gobierno, Ministerio Público, PDI y Gendarmería. Es más, en cuanto a los agentes encubiertos, las instituciones de las que forman parte tomaron medidas de seguridad que incluyen relocalización de los oficiales y sus núcleos familiares.

Esta medida se suma a la tomada este jueves, cuando la Fiscalía de Arica y Parinacota presentó un recurso de protección que en el cual se solicitaba la dictación urgente de una orden de no innovar; es decir, que se emitiera una instrucción que dejara paralizada la instrucción del magistrado de dar a conocer las identidades de los testigos protegidos y agentes encubiertos, a la espera de que el tribunal de alzada tomara una decisión. Como lo esperaba el Ministerio Público, sus argumentos fueron acogidos por la Corte.

Además, ese fallo ordenó al juez Barraza a despachar un informe respecto de los “hechos expuestos en el recurso y el acto que se impugna” en un plazo de cinco días, “adjuntando todos los antecedentes” que correspondan.

Testigos vs agentes

Según se ha podido conocer, la Defensoría Penal Pública solicitó al tribunal conocer la identidad de los testigos protegidos, pero no solicitó lo mismo en cuanto a los agentes encubiertos.  ¿Por qué entonces se entregó esa información? Fuentes conoceros del caso señalaron que la Fiscalía acompaña e un listado con las declaraciones de los testigos reservados, sin hace distinción entre quiénes son agentes policiales y quiénes son testigos protegidos.

Cada declaración de las personas que se encuentran en la calidad de reservadas es identificada con un número. Fuentes de la Defensoría sostienen que ante esa situación es que se pide conocer la identidad de aquellas , para poder trabajar en la defensa.

El problevma, apuntan, es que en ese listado, no diferenciación y de ahí el peligro.

 

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