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Justicia declara inadmisibilidad de querella presentada por alcalde Jadue contra medio PAÍS Crédito: Agencia Uno

Justicia declara inadmisibilidad de querella presentada por alcalde Jadue contra medio

La querella, patrocinada por el abogado Ramón Sepúlveda, se basó en una publicación de diario La Tercera que informaba sobre las diligencias de la Fiscalía Centro Norte en una investigación por cohecho contra el alcalde Jadue. El artículo mencionaba que Jadue sería formalizado por la fiscal Giovanna Herrera. En su acción legal, el alcalde invocó el delito de injurias. Sin embargo, en una resolución de cuatro páginas emitida por la jueza del Cuarto Juzgado de Santiago, Andrea Osorio, se desestimaron sus argumentos, por lo que declaró la querella como inadmisible.


La justicia declaró la inadmisibilidad de la querella presentada por el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue (PC), en contra del director de La Tercera, Jose Luis Santa María, y la periodista Leslie Ayala.

La querella, patrocinada por el abogado Ramón Sepúlveda, se basó en una publicación del citado medio que informaba sobre las diligencias de la Fiscalía Centro Norte en una investigación por cohecho contra el alcalde Jadue. El artículo mencionaba que Jadue sería formalizado por la fiscal Giovanna Herrera.

En su acción legal, el alcalde invocó el delito de injurias. Sin embargo, en una resolución de cuatro páginas emitida por la jueza del Cuarto Juzgado de Santiago, Andrea Osorio, se desestimaron sus argumentos, por lo que declaró la querella como inadmisible.

En su resolución, la magistrada argumentó que las aseveraciones que se consideraron injuriosas fueron realizadas en el contexto de un reportaje periodístico que buscaba informar al público sobre un hecho de interés social y una investigación penal.

La jueza Osorio destacó que no se encontraba evidencia de que los periodistas hubieran desarrollado el artículo con el único propósito de injuriar a Jadue. Además, señaló que, incluso si se demostrara que la información sobre la supuesta fecha de formalización no era precisa, el alcalde atribuyó un actuar doloso y mendaz a los periodistas querellados basado únicamente en la falta de formalización.

La resolución de la jueza también hizo hincapié en la importancia de la libertad de opinión, información y su difusión sin censura previa, tanto a nivel nacional como internacional, como pilares fundamentales de una democracia en un estado de derecho.

Por último, la magistrada subrayó que si el alcalde se sintió ofendido o consideró que su reputación fue afectada debido al reportaje de La Tercera, tenía el derecho de ejercer su opción de aclaración, rectificación y respuesta frente a las expresiones que considerara falsas o inexactas.

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