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“Café Constitucional” analiza lugar de los derechos laborales en el anteproyecto constitucional

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Esta serie de conversaciones organizadas por la Universidad Academia de Humanismo Cristiano, presenta un nuevo capítulo titulado “Evaluando los derechos de los/as trabajadores/as en la propuesta constitucional”.


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Álvaro Ramis, rector de la Universidad Humanismo Cristiano, conversa con el académico de la Escuela de Derecho de la misma casa de estudios Miguel Downey, quien expone argumentos sobre una redacción en apariencia benévola de este documento, que socavaría algunos derechos laborales clave al reducir las herramientas de fiscalización del Estado: “Si bien reconoce el trabajo decente y la conciliación de la vida personal familiar y laboral, esta termina siendo sólo una declaración de buenas intenciones porque restringe las sanciones administrativas que puede aplicar la Inspección del Trabajo”, advierte Downey sobre cómo impactarían nuevos artículos referidos a la vida íntima y laboral ciudadana.

Otro aspecto analizado en la conversación es la dimensión colectiva de los derechos laborales encarnada en el derecho a la sindicalización y a la huelga, donde el texto representa abiertamente un retroceso al escenario actual de estas demandas. “Esta propuesta si bien reconoce el derecho a huelga sólo lo hace para para el caso de la negociación colectiva. Entonces casos como el de los guardias en los Juegos Panamericanos a los que no se les estaban pagando los sueldos y decidieron paralizar sus funciones, o el de algunos trabajadores de la Salud durante la pandemia, con este texto y esas situaciones no van a quedar resguardadas”, reitera el abogado laboral y magíster en Derecho del Trabajo y Seguridad Social.

Sobre el tema de la Seguridad Social, el docente explica cómo el anteproyecto de la Comisión de Expertos ofrece lineamientos minimalistas dejando de lado el tema a las políticas públicas. Destaca cómo los consejeros de mayoría republicana decidieron ir en la dirección opuesta a estos lineamientos y constitucionalizar este asunto de una manera programática, lo que alejaría del objetivo de un sistema de seguridad social robusto que garantice pensiones dignas para los jubilados. “El sistema de AFPs no se podría modificar salvo una ley de quórum calificado, donde además se suben los quórums. Además está mal redactada en términos técnicos cuando se refiere a la propiedad de los ahorros. Eso podría conducir a una litigación, lo que va a generar mucha inestabilidad”, sostiene.

 


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