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Las inéditas imágenes de dron que fueron clave en condena del Caso Grollmus
La Fiscalía reveló imágenes que permitieron reconstruir la dinámica del atentado ocurrido en Contulmo en 2022 y corroborar testimonios de testigos protegidos. El tribunal condenó a 18 de los 19 acusados y absolvió a Camilo Astete. “Este es un crimen de odio, se atacó a personas por su origen”
Un video de dron que fue parte de las pruebas que presentó la Fiscalía durante el juicio, fue mostrado ayer por este ente luego del veredicto condenatorio contra 18 de los 19 acusados por el atentado contra la familia Grollmus, ocurrido en Contulmo en agosto de 2022. Aunque en el video no es posible ver claramente los rostros de los atacantes, sí permite apreciar cómo fue el ataque, incluyendo el corte de caminos con vehículos y el incendio del centenario molino Grollmus.
Según la Fiscalía, se trata de un antecedente especialmente relevante porque permitió observar parte de la dinámica del atentado, el desplazamiento de los atacantes y otros elementos que fueron contrastados con declaraciones y diligencias desarrolladas durante la investigación. “El video demostró que los testimonios de los testigos eran reales”, explicó el fiscal regional, Roberto Garrido.
Cabe recordar que la Defensoría había cuestionado que la Fiscalía haya usado testigos protegidos en este juicio. Sobre este punto, el fiscal Garrido manifestó que el video del dron, que se mantuvo bajo estricta reserva y no se conoció de forma pública antes del juicio, sirvió para confirmar la veracidad de los testimonios de los cuatro testigos con reserva de identidad que declararon en el juicio.
A su vez, Garrido recalcó “este es un crimen de odio”, en el que “se atacó a personas por su origen”. Ya que un día después del ataque, el grupo resistencia Mapuche Lafkenche publicó un comunicado en que declaró abiertamente que su objetivo era atacar a descendientes de extranjeros.
Esta tarde el Tribunal Oral en lo Penal de Cañete dio su veredicto condenatorio para 18 de los 19 acusados, por los delitos de incendio, porte de armas, robo con violencia y homicidio calificado en calidad de frustrado. Sólo absolvió de los cargos a Camilo Astete. Además, se desechó el cargo de asociación ilícita.
Durante el proceso, los argumentos de la fiscalía giraron en que la actuación de los acusados estaría acreditada tanto por los testimonios de testigos, como por la geolocalización de estos durante el atentado.
Por su parte, la Defensa sostenía que la Fiscalía no logró acreditar que físicamente los acusados estuvieran en el lugar del atentado al momento de los hechos, y que se apoyó en testigos anónimos.
Los principales argumentos y evidencias de la Fiscalía:
Según el fiscal a cargo de la acusación, Danilo Ramos, el grupo radicalizado Resistencia Mapuche Lafkenche (RML), planificó con meses de anticipación este ataque. Según los testigos protegidos, el grupo operaba bajo una estructura paramilitar jerarquizada, con Federico Astete Catrileo y Luis Felipe Paineo Antimán en la cabeza, cuyo objetivo era forzar la retirada de residentes de la zona.
Los mismo testigos, que en el juicio fueron identificados con las siglas MG 01 a MG 09, hubo una reunión previa al ataque, cerca las 16:30 horas del 29 de agosto de 2022, en el sector Antiquina, en que se distribuyeron las armas.
La fiscalía argumenta que los testimonios protegidos son plenamente válidos por el riesgo de muerte que corren en la zona y que además están corroborados objetivamente: sus relatos sobre las rutas, la reunión previa, el robo de vehículos a leñeros y transeúntes, coinciden perfectamente con las grabaciones del dron de vigilancia, peritajes balísticos y declaraciones de las víctimas independientes.
Se recuperaron más de 400 evidencias balísticas (vainillas de balas) que confirman el uso de entre 9 a 11 armas de fuego disparadas contra las propiedades. Según la Fiscalía, los peritos confirmaron que varias de las armas disparadas en el molino presentan coincidencias balísticas exactas con otros atentados previos adjudicados por la RML.
El análisis de tráfico de datos de las antenas de telefonía móvil logró posicionar a los acusados Nicolás Sánchez Toledo, Álvaro Reyes Paineo y Sebastián Tobías Reyes Paineo, en las zonas de interés asociadas a los hechos, incluyendo los sectores de reunión previa y las cercanías de las rutas de aproximación al atentado.
Pero uno de los principales argumentos de la fiscalía es lo que llamó “el silencio comunicacional”: según el ente persecutor, cerca de las 18 horas (cuando se perpetraba el asalto a la familia Grollmus), la gran mayoría de los teléfonos celulares asociados a los acusados dejaron de registrar señal, por lo que presumiblemente se apagaron. Para los acusadores, este corte es una prueba directa de planificación: se evitó utilizar los dispositivos móviles para que no se pudiera trazar sus posiciones mediante GPS.
Los principales argumentos y evidencias de la defensa:
La defensa no cuestionó que el asalto del 29 de agosto de 2022 haya ocurrido. Sin embargo, enfatizó que ninguna de las víctimas directas pudo identificar a los atacantes, dado que todos actuaron encapuchados.
De los 11 testigos con reserva de identidad mencionados en la investigación, solo comparecieron cuatro en el tribunal (MG1, MG3, MG6 y MG4). La defensa no pudo contrainterrogar a los otros siete, lo que para esa parte vulneró el derecho a un juicio justo. La defensa también sostuvo que hubo cambios en las declaraciones de los testigos e inconsistencias, como por ejemplo en la información respecto a quién fue el líder del ataque.
La defensa también sostuvo que no hubo peritajes a la ropa mimetizada incautada a algunos imputados para comprobar si fue usada en el atentado, que no se encontraron muestras de ADN en el lugar de los hechos que concordaran con los acusados y que el supuesto silencio comunicacional, se debió en realidad a la falta de cobertura por la zona rural en que habitan los acusados.
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