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El tirón de orejas del Tribunal Constitucional a los abogados que representaron al Gobierno en su requerimiento contra el 10%

El tirón de orejas del Tribunal Constitucional a los abogados que representaron al Gobierno en su requerimiento contra el 10%

Entre otros argumentos, el TC rechazó el requerimiento de inconstitucionalidad presentado por el Ejecutivo porque el texto del proyecto impugnado no era el mismo que aprobó el Congreso Nacional, incongruencia que nunca fue salvada o corregida. Y esto dependía de los abogados del Gobierno, encabezados por el constitucionalista Gastón Gómez, jurista de extrema confianza del Presidente Piñera. También, porque la reserva de constitucionalidad formulada durante la tramitación de la iniciativa por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia no contenía todas las infracciones alegadas en el requerimiento.


En su sentencia del 29 de abril de 2021, el Tribunal Constitucional (TC) no acogió a tramitación el requerimiento del Ejecutivo, provocando un verdadero “terremoto político”, porque a su entender –por voto de mayoría– no se cumplieron los requisitos formales para que pudiera prosperar un recurso de esas características. 

Esto, porque el Gobierno requirió de inconstitucionalidad un texto de Proyecto de reforma constitucional distinto al que –en definitiva– fue aprobado y despachado por el Congreso. 

Esta incongruencia se produjo porque el requerimiento de inconstitucionalidad se presentó cuando el proyecto de reforma constitucional aún estaba siendo discutido en el Congreso, y durante ese trámite se le introdujeron modificaciones por los legisladores, que alteraron su texto original, las que nunca fueron incluidas en el requerimiento ante el TC. 

Esta adecuación o corrección del texto dependía de los abogados del Gobierno, encabezados por el constitucionalista Gastón Gómez, jurista de extrema confianza del Presidente Piñera. 

Es decir, el texto despachado por el Congreso terminó siendo distinto al del proyecto impugnado ante el TC, y nadie oportunamente lo enmendó o adaptó. Por lo que, al momento de pronunciarse sobre la admisibilidad, el Tribunal Constitucional tuvo entre sus manos un proyecto cuyo texto no coincidía con el evacuado por el Congreso Nacional. 

Esta circunstancia le sirvió de base al TC para rechazar la acción del Ejecutivo, por estimar que no cumplió con los requisitos de admisibilidad. Pero además la sentencia expresamente reprochó al Gobierno que no se alegaron correctamente los vicios de forma, y que no se indicó con precisión la cuestión de constitucionalidad planteada, y que, para colmo, la reserva de constitucionalidad formulada durante la tramitación del proyecto por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia no contiene todas las infracciones alegadas en el requerimiento. 

Y como si esto fuera poco, la sentencia del Tribunal Constitucional le critica al Ejecutivo haber presentado proyectos de ley propios similares al proyecto impugnado mediante el requerimiento. Es decir, le reprocha incoherencia al ir en contra de sus propios actos. 

 

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