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La Piccola Italia deberá pagar millonaria suma a la SCD por tocar música sin autorización Gastronomía

La Piccola Italia deberá pagar millonaria suma a la SCD por tocar música sin autorización

La popular cadena de restaurantes italianos deberá pagar más de 10 millones de pesos a la Sociedad Chilena del Derecho de Autor (SCD) por tocar música registrada sin contar con los permisos.


En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la empresa Mise Limitada por infracción a la ley de propiedad intelectual al difundir sin autorización piezas musicales registradas por la Sociedad Chilena del Derecho de Autor (SCD).

La sentencia se dio por el local de Quilicura de la cadena de restaurantes La Piccola Italia. «En dicho establecimiento comercial se difunden obras musicales del repertorio de la SCD mediante fonogramas y altavoces desde el 1 de julio de 2012», sostiene el fallo, que agrega que «Mise Limitada no ha obtenido de la SCD la autorización correspondiente para la reproducción de las obras del repertorio ya indicado ni de los respectivos titulares del derecho de autor».

Además, se establece que «es sobre la demandada que recae el peso de la prueba para demostrar que en su establecimiento difunde obras que son del patrimonio cultural común y no del repertorio de la SCD y resulta que ninguna prueba ha rendido en el proceso con este objetivo, razón por la cual, aun soslayando la prueba confesional, la demanda no pude ser sino acogida».

Por lo tanto, la empresa demandada deberá pagar como indemnización «la tarifa general mensual del 1,25% de los ingresos brutos mensuales del local comercial denominado restaurante La Piccola Italia, ascendente a $10.000.000, más un 50% por derechos conexos, con relación a los períodos comprendidos entre el 1 de julio de 2012 al 31 de julio de 2016 y entre el 1 de agosto de 2016 en adelante, hasta que esta sentencia quede ejecutoriada o el cese de la utilización ilícita».

Asimismo, deberá pagar «las sumas anteriores con reajustes según la variación del Índice de Precios al Consumidor entre el 1 de cada mes adeudado y el último día del mes anterior a su pago efectivo, más intereses para operaciones reajustables, contados desde el día 1 de cada período de tarifa mensual hasta el pago».

La sentencia contempla también pagar una multa de 5 unidades tributarias mensuales ($241.765) y las costas de la causa, además de poner fin a esta actividad infractora.

Anteriormente la justicia ya había acogido otras demandas de la SCD por derechos de propiedad intelectual, que recayeron en el restaurante Signore (Las Condes) en noviembre de 2017 y Entre Costas (Coquimbo) en agosto de 2018.

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