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Dictan cúmplase de condena contra ex CNI implicado en crímenes de Porvenir


La Corte Suprema oficializó este martes el ‘cúmplase’ de la condena que le fue impuesta al ex agente de la disuelta Central Nacional de Informaciones (CNI), José Aguirre Aguirre, sentenciado a siete años de presidio por los crímenes de disidentes al regimen castrense, cometidos tras el golpe de Estado en la localidad de Porvenir.

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones, Joaquín Billard, sustanció la investigación por las muertes ocurridas durante el gobierno de facto en la austral zona. El magistrado indagó los homicidios calificados de Ramón Domingo González Ortega, Germán Simón Cárcamo Carrasco y Carlos Raúl Baigorri Hernández.

El juez estableció que «Ramón González, Germán Cárcamo y Carlos Baigorri, mientras se encontraban prisioneros dentro de un container ubicado al interior del regimiento de infantería Nº11 «Caupolicán» de Porvenir, fueron sacados de su encierro por cuatro soldados de la misma unidad y los subieron a una camioneta para trasladarlos varios kilómetros fuera del regimiento».

Los antecedentes del proceso establecen que «una vez que se detuvo el vehículo, los soldados hicieron bajar a los prisioneros y acto seguido, les dispararon con los fusiles SIG, dándoles muerte en forma inmediata. Constatadas sus muertes, por un médico de la misma unidad militar, los uniformados procedieron a sepultar los cuerpos en el mismo lugar de su ejecución».

Al día siguiente, de acuerdo a lo que consigna en el expediente, «el comandante de la unidad dio como versión oficial la baja de los prisioneros por habérseles aplicado la ley de fuga, informándose al resto del regimiento y a los medios de información, que estos huyeron de la unidad, que fueron sorprendidos a unos 20 kilómetros de distancia, y al no hacer caso de la voz de alto, se les disparó dándoles muerte, hecho que importa la comisión del delito de homicidio calificado cometido en las personas de Ramón González Ortega, Germán Cárcamo Carrasco y Carlos Baigorri Hernández, ilícito previsto y sancionado en el articulo 391 Nº1 del Código Penal».

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