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Justicia fortalece sistema de medidas alternativas a la privación de libertad


Una indicación al proyecto que modifica la ley 18.216 hizo el Ministerio de Justicia con el objetivo de fortalecer el sistema de medidas alternativas a la privación de libertad, evitar la reincidencia delictual y dar efectividad a la protección de las víctimas.

Así lo expresó esta mañana el jefe de la cartera Felipe Bulnes, tras reunirse con los diputados miembros de la comisión de Constitución, Legislación y Justicia, Jorge Burgos (DC), Edmundo Eluchans (UDI), Cristián Monckeberg (RN) y Marcelo Díaz (PS), para darles a conocer los contenidos generales de la iniciativa.

Asimismo agregó que «esta indicación plasma el anhelo del Gobierno de introducir modificaciones a lo que se denomina las medidas alternativas de libertad (…) estamos presentando un proyecto donde se recogieron parte importante de los consensos que se gestaron al interior de la comisión de Constitución, Legislación y Justicia con algunas innovaciones que creemos van a contribuir al perfeccionamiento del proyecto».

Una de las principales innovaciones apunta a la utilización del brazalete electrónico para un catálogo de delitos (de violencia intrafamiliar y delitos sexuales), como una medida alternativa a la pena de privación de liberad. Este sistema de monitoreo telemático es una forma de control del cumplimiento de la reclusión parcial domiciliaria y de la libertad vigilada intensiva y se plantea que sea administrado por Gendarmería.

La iniciativa busca además cambiar denominación de esta ley, la que pasa a regular «penas sustitutivas» en vez de «medidas alternativas». Esto, con el objeto de precisar que no se está frente a un «beneficio» otorgado al condenado.

Asimismo, el proyecto regula un catálogo de delitos respecto de los cuales no procederá la aplicación de estas penas sustitutivas sino que sus autores deberán necesariamente cumplir la condena en la cárcel.

En este punto, caben los casos de delitos consumados de secuestro calificado, sustracción de menores, violación, violación impropia de menor de 14 de años, violación con homicidio, homicidio simple o calificado y de aquellos que hayan cometido delitos terroristas.

También se diversifica el catálogo de penas sustitutivas y se incorpora la reclusión parcial y libertad vigilada intensiva.

En otro punto, se plantea obligación para los infractores de asistencia a programas de rehabilitación por consumo problemático de drogas y alcohol. Y, junto con ello, un aumento del número de delegados de liberad vigilada.

upi/so/pa/cf

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