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Suprema declara ilegal decisión de administrador de centro comercial de cortar la luz a locatario


La Tercera Sala de la Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado por el arrendatario de un local comercial del Plaza Oeste, en contra de la administración del boulevard por su decisión de cortarle la luz ante el no pago de la renta del espacio.

En un fallo dividido los ministros Héctor Carreño, Haroldo Brito, Roberto Jacob, María Eugenia Sandoval y el abogado integrante Rafael Gómez determinaron que el centro comercial de la comuna de Cerrillos debe seguir otorgando energía eléctrica al negocio de propiedad de Arturo Cerda Arriaza, a pesar de que se encuentra en morosidad desde hace varios meses.

De acuerdo a la Sala Constitucional del máximo tribunal del país, la administración debe recurrir a las vías legales establecidas para garantizar el pago del arriendo y que la medida adoptada atenta contra el derecho a la propiedad del recurrente y que no corresponde tomar una medida unilateral y de autotutela.

«La acción llevada a efecto por la recurrida se encuentra al margen de la legalidad, por cuanto si el arrendatario no paga las rentas o consumos eléctricos en forma íntegra y oportuna, lo que cabe es iniciar los procedimientos que la ley contempla para tales efectos con el fin de obtener el pago de lo adeudado o poner término al contrato que liga a las partes o cualquier otra medida que permita restablecer los derechos del arrendador al amparo del ordenamiento jurídico», establece la resolución.

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