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Suprema declara ilegal decisión de colegio de no renovar matrícula a alumna que insultó a profesora


La Tercera Sala de la Corte Suprema ordenó a un colegio de Concepción revertir su decisión de no renovarle la matrícula a una alumna que insultó a una profesora del establecimiento, pero fuera del horario escolar y del local educacional.

La decisión del máximo tribunal firmada por los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, Haroldo Brito y los abogados integrantes Nelson Pozo y Jorge Lagos, advierte que la Corporación Educacional Saint Jonh’s Schools cometió un acto arbitrario e ilegal al decidir no renovar la matrícula para el período 2012 de la menor de edad, además de negarle su participación en una gira deportiva.

El fallo determina que la decisión atenta contra la garantía constitucional de igualdad ante la ley del menor al aplicar sanciones injustificadas.

«Al decidirse que en la próxima temporada escolar no sería aceptada la solicitud de matrícula y, en lo actual, que el menor no podrá participar en actividades extracurriculares como el viaje de estudios, se le discrimina injustificadamente afectando su proceso de formación. Que, además, es útil consignar que en el razonamiento anterior también se ha tenido presente lo previsto en la carta fundamental a propósito del derecho a la educación», dice la resolución.

upi/so

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