Publicidad

Suprema condena a minera de F.J. Errázuriz por extracción ilegal de aguas


La Tercera Sala de la Corte Suprema condenó a la empresa minera Cosayach, de propiedad del empresario Francisco Javier Errázuriz, por la extracción ilegal de agua en la Pampa del Tamarugal en la región de Tarapacá, que fue descubierto por la Dirección de Aguas.

El máximo tribunal del país, integrado por los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, Haroldo Brito y los abogados integrantes Jorge Lagos y Rafael Gómez Balmaceda, estimaron en votación dividida acoger el recurso de casación presentado por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) que impugnaba la resolución de la Corte de Apelaciones de Iquique que había rechazado la demanda presentada contra la empresa.

La resolución argumenta que la compañía dañó gravemente el ambiente al extraer agua sin permisos legales desde 35 pozos de la zona rechazando, como lo advirtió Errázuriz, que el líquido proviniera de las llamadas «aguas del minero» que bajaban de tres concesiones otorgadas.

«La demandada Cosayach sólo dispone de tres faenas mineras frente a treinta y cinco pozos que extraen agua sin títulos que la habiliten para su aprovechamiento (…) los jueces al no explicitar los motivos para desestimar la pertinencia y eficacia del valor probatorio de los informes emanados de los organismos técnicos competentes, pese al mérito que se desprende de tales evidencias, no han hecho un correcto ejercicio de la sana crítica, porque no se han sujetado razonadamente a las normas de experiencia. En efecto, se trata de la afectación de recursos hídricos prácticamente agotados en la zona, cuya explotación por tanto es rigurosamente controlada por los órganos fiscalizadores competentes, de modo que su apropiación no autorizada menoscabará la viabilidad misma de esa cuenca hidrogeológica», dice la resolución.

Los magistrados ordenan a Cosayach realizar una serie de reparaciones medioambientales:

– Paralizar la extracción de aguas en los 35 pozos detectados

– Retirar todas las instalaciones para extraer, conducir y almacenar dichas aguas

– Cegar los pozos de captación que carecen de aprovechamiento de aguas

upi/so//

Publicidad

Tendencias