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Proyecto de ley busca fijar medidas de transparencia para que las empresas cumplan con la igualdad de remuneraciones BRAGA Crédito: Karolina Grabowska / Pexels

Proyecto de ley busca fijar medidas de transparencia para que las empresas cumplan con la igualdad de remuneraciones

La iniciativa fue ingresada por el senador Rabindranath Quinteros Lara, acompañado por las firmas de las senadoras Yasna Provoste, Isabel Allende y Adriana Muñoz. El proyecto de ley propone modificar el Código del Trabajo para establecer medidas de transparencia para las empresas en materia de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres.


Una de las brechas históricas que las mujeres han intentado erradicar durante años, es la diferencia salarial por género, la cual no tiene ninguna justificación. Esta situación podría mejorar con la propuesta del senador Rabindranath Quinteros Lara.

La iniciativa pretende modificar el Código del Trabajo para establecer medidas de transparencia para las empresas en materia de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres.

Uno de los argumentos del proyecto es que la Organización Internacional del Trabajo establece no solo la igualdad de remuneraciones, sino que declara que “los hombres y las mujeres deberían recibir no solo un salario igual o similar, sino también cuando llevan a cabo un trabajo completamente diferente pero que, de acuerdo con criterios objetivos es de igual valor. La igualdad de remuneración es un derecho humano reconocido al que tienen derecho todos los hombres y mujeres”, (OIT 2013a).

Además destaca que al entrar en el mercado laboral formal, el trabajo remunerado de las mujeres y su rol como trabajadoras tiende a considerarse como secundario o complementario y según señaló ONU Mujeres, aunque “tengan cualificaciones similares o mejores que los hombres, las competencias de las mujeres no se valoran del mismo modo que las de ellos, y su evolución profesional es más lenta”.

Según detalla el proyecto actualmente en Chile las mujeres asalariadas reciben ingresos 29,3% menores a los de los hombres. “Esta cifra oscila según ciclos económicos y puede elevarse en épocas de mayor auge de sectores económicos que cuentan con menor presencia laboral femenina, lo cual no nos puede dejar indiferentes”.

El escrito además señala que “la Ley N°20.348, que Resguarda el Derecho a la de Igualdad de Remuneraciones, a más de diez años de su entrada en vigor, no ha disminuido la brecha salarial entre hombres y mujeres”.

El senador además señaló que el objetivo del proyecto es “incorporar nuevos instrumentos, acorde a las mejores prácticas internacionales y nacionales, con el objeto de que, a través de una mayor transparencia en la información de remuneraciones de las empresas, se promueva una disminución de la brecha salarial entre hombres y mujeres

La idea del proyecto es agregar un artículo 62 ter al Código del trabajo, el cual “para cumplir con el principio de igualdad de remuneraciones previsto en el artículo anterior, las empresas de más de doscientos trabajadores deberán publicar semestralmente un registro de las remuneraciones por cargo y desagregadas por género, el que deberá ser publicado en el sitio web si la empresa contara con él, y remitirlo a la Dirección del Trabajo por medios electrónicos con esa misma periodicidad. La información deberá publicarse innominadamente, pero permitiendo identificar el género de él o la trabajadora”.

Quien infrinja esa obligación señalada, será sancionado con una multa de 100 a 1000 unidades tributarias mensuales. Asimismo, “la empresa sancionada, mientras no subsane la infracción, no podrá contratar con la Administración del Estado, en los términos establecidos en la ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios”.

Finalmente el proyecto señala que “las empresas deberán definir medidas para alcanzar el rango esperable del indicador, en consulta con las organizaciones sindicales existentes en ella, y en caso de no existir, en consulta con el personal de una manera que resguarde la independencia de opiniones de este”.

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