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Proyecto de ley permitirá a embarazadas excusarse de las labores de vocales de mesa BRAGA Créditos: Andres Pina/Aton Chile

Proyecto de ley permitirá a embarazadas excusarse de las labores de vocales de mesa

La normativa además incluye a madres y padres de menores de dos años. Asimismo, a cuidadores de adultos mayores o personas en situación de discapacidad.


De forma unánime se aprobó y despachó en el Senado el proyecto de ley que permite excusarse de las labores de vocal de mesa a mujeres embarazadas durante todo el período de gestación, a aquellas con hijos o hijas menores de 2 años, y a quienes ejerzan labores de cuidado.

Por su parte, la Comisión Especial de la Mujer y la Igualdad de Género aprobó modificaciones ingresadas por parlamentarios, las cuales incluyen la posibilidad de excusarse también al padre de hijos o hijas menores de dos años. Asimismo, otra causal de excusa es el hecho que se esté al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad.

Para acreditar la situación, en el caso de las personas gestantes se debe contar con documento del establecimiento de salud donde se realicen los controles o poseer un certificado médico. En tanto, para madres y padres de niños y niñas menores de 2 años, pueden presentar el certificado de nacimiento del menor. En el caso que ninguno de los padres tenga el cuidado, quien lo posea podrá excusarse también.

Respecto a quienes se encuentran al cuidado de un adulto mayor dependiente y/o una persona que vive en situación de discapacidad, deberán comprobarlo a través de una declaración jurada notarial, la que deberá otorgarse gratuitamente. Pero también, se puede mediante una constancia en Carabineros o por un certificado en que conste la calidad de receptor del pago. Esto último para el caso de personas con en situación de discapacidad.

El proyecto está a la espera de observaciones por parte del presidente. En caso de que la máxima autoridad desapruebe el proyecto, este será devuelto al Senado con las observaciones convenientes dentro de un plazo de treinta días. En caso de que el Senado y la Cámara de Diputados aprueben las observaciones, el proyecto tendrá fuerza de ley y se le devolverá al presidente para su promulgación.

En tanto, el oficio de ley al Ejecutivo, emitido el lunes 16 de marzo, señala que en caso de que el presidente apruebe sin observaciones el proyecto de ley, debe ser informado para ser enviado al Tribunal Constitucional.

Por tanto, se espera que la legislación se en encuentre vigente de cara a las próximas elecciones, es decir, el próximo 10 y 11 de abril.

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