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Resolución de la Cámara baja solicita no intervención de médicos en la decisión de ligadura de trompas como método anticonceptivo BRAGA

Resolución de la Cámara baja solicita no intervención de médicos en la decisión de ligadura de trompas como método anticonceptivo

Un 18,9% de las mujeres en el mundo utilizan la ligadura tubaria como método anticonceptivo, procedimiento quirúrgico irreversible o de alta improbabilidad de reversión que, además, posee una alta eficacia. En 2017, un 96% del total de las esterilizaciones fueron ligaduras de trompas a mujeres, mientras que sólo un 4% fueron vasectomías a los hombres.


Muchas mujeres cuando asisten a los centros de salud para solicitar la ligadura de trompas, el personal médico cuestiona su decisión preguntándole si “no se arrepentirá en un futuro”, “si está segura de no ser madre” o si “su pareja está de acuerdo”, generando violencia hacia las mujeres y la autonomía de decidir sobre sus cuerpos. 

Por ello, un grupo de parlamentarios incentivó a que haya una resolución que exija entregar información a la persona solicitante sobre otros métodos anticonceptivos altamente eficaces no definitivas para después dar la opción del ligamiento, informar sobre su procedimiento riesgos, eficacias, etc y esperar una decisión libre y voluntaria.

La resolución pide que las y los médicos no se interpongan ante la decisión de una mujer a ligarse las Trompas de Falopio como método anticonceptivo, ya que generalmente no se permite realizar este procedimiento a mujeres que no tengan hijos/as. 

Fue aprobada por la Cámara con 99 votos a favor, tres en contra y 18 abstenciones, señala en sus antecedentes que “existen varias denuncias de prácticas médicas que exceden con creces el deber de información a la solicitante”. Además, se plantea que dan cuenta, más bien, “de las convicciones del médico respecto a la oportunidad y necesidad del procedimiento”, por lo que se solicitó “al señor Ministro de Salud establecer explícitamente en las «Directivas para los Servicios de Salud sobre esterilización femenina», que los médicos tienen prohibido imponer su visión personal frente a la decisión de las mujeres que eligen ligar sus trompas de Falopio como método de anticoncepción.

De este modo, se indicó que el personal médico que se niega a realizar dicho procedimiento, está violando la Ley 20.584 sobre Derechos y Deberes del paciente, siendo también una forma de discriminación a los derechos de las mujeres de acuerdo al Comité de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer.

La resolución es una propuesta de la diputada independiente Natalia Castillo, Pablo Vidal y los diputados liberales Alejandro Bernales y Vlado Mirosevic.

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