Yo opino
Créditos: Foto de Agencia Uno
¿Cuánto hemos realmente avanzado para erradicar la violencia en el ámbito de la educación superior?
Tras el levantamiento de la tercera ola feminista en mayo del año 2018, muchas mujeres vieron ilusionadas el comienzo de una nueva era, que pusiera en el centro la equidad de género, la erradicación de la violencia contra la mujer, la integración de una educación no sexista, entre otras banderas de lucha.
Gracias a este impulso, y fruto del trabajo de muchas mujeres y disidentes que perseveraron contra toda clase de obstáculos, con fecha 30 de agosto de 2021 se promulgó la Ley N°21.369 que tiene por objeto regular el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en el ámbito de la educación superior.
La promulgación de esta ley fue una respuesta a la falta de un compromiso real en muchas instituciones para terminar con este tipo de conductas vulneratorias, reflejado en procesos negligentes cuya lentitud significaba un alto costo para las víctimas, quienes incluso debían convivir con su agresor en diversos espacios académicos.
[cita tipo=»destaque»] Esta ley corre el riesgo de no cumplir con el propósito para el cual fue concebida [/cita]
Actualmente, vemos con preocupación el retraso de los establecimientos de educación superior en atenerse a esta normativa, y de promover políticas integrales orientadas a prevenir, investigar y sancionar el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género.
Quedan apenas tres meses para que estas instituciones cumplan con una serie de obligaciones que debiesen proteger a las víctimas denunciantes, y preparar a su equipo y personal para tratar de manera adecuada esta realidad.
Sin embargo, a pesar de la obligación de ajustarse a este marco normativo legal, el Sistema de Educación Superior ha demostrado poca capacidad de afrontar los nuevos desafíos relacionados con la –cada vez menos normalizada– violencia de género.
Así, en el ejercicio de nuestro trabajo, hemos notado que en la mayoría de los establecimientos educacionales persisten prácticas que obstaculizan el acceso de las víctimas a procesos justos, se les impide conocer los fundamentos de decisiones sumarias, se las hostiga y amedrentan, e incluso más, las juzgan con base en su vida sexual, orientaciones políticas, entre otras prácticas que afectan sus derechos y favorecen un ambiente de impunidad en la comunidad educacional.
Creemos que, para evitar la continuación de estas graves prácticas que vulneran derechos fundamentales, resulta esencial una fiscalización activa y accesible, no solo por parte de los organismos competentes del Estado, sino también por la sociedad civil, que, en muchos casos, ha impulsado mejoras legislativas.
En este escenario, la Superintendencia de Educación Superior, debe tomar un rol decisivo: por un lado, velando por el cumplimiento de la normativa durante la tramitación de procesos disciplinarios, y, por otro lado, impartiendo instrucciones y dictámenes claros que orienten su actuar.
Si bien el objetivo de la Ley N°21.369 es claro, sin un compromiso expreso por parte de los establecimientos educacionales de erradicar la violencia e impedir su perpetuación, y una fiscalización efectiva que las sancione por no cumplir con estas obligaciones, esta ley corre el riesgo de no cumplir con el propósito para el cual fue concebida.
Es por esto que nos encontramos nuevamente en un estado alerta y vigilantes del proceso. Y nos preguntamos, ¿cuánto hemos realmente avanzado para erradicar la violencia en el ámbito de la educación superior?
- El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
- El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.