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Ley Antonia: en qué consiste la nueva legislación que tipifica el suicidio femicida BRAGA Créditos: Agencia Uno

Ley Antonia: en qué consiste la nueva legislación que tipifica el suicidio femicida

La norma incorpora una serie de garantías que buscan evitar la revictimización secundaria a la que las víctimas y sobrevivientes de violencia sexual se enfrentan en los procesos judiciales. Por ejemplo, la afectada no será enjuiciada, estigmatizada, discriminada ni cuestionada por su relato, conductas o estilo de vida.


Proteger a las víctimas y sobrevivientes de violencia sexual, así como asegurar procesos judiciales libres de revictimización, son los ejes principales de la Ley Antonia. La legislación fue promulgada ayer, por el presidente Gabriel Boric, en el marco de la conmemoración del Día Nacional contra el Femicidio. 

Entre los puntos destacados de la legislación, se encuentra que se tipifican las figuras de inducción al suicidio y suicidio femicida. Situación que desde hace años forman parte de las demandas de diferentes organizaciones feministas, ya que reconoce las diversas expresiones de la violencia femicida. 

‘‘El que con ocasión de hechos previos constitutivos de violencia de género, cometidos por este en contra de la víctima, causare el suicidio de una mujer, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo como autor de suicidio femicida’’, dice la ley.

‘‘Nos va a permitir empezar a ponerle nombre a eso que estaba siendo acallado, que no estaba siendo registrado y que, por lo tanto, no estaba siendo prevenido. Además, va a permitir mejorar el proceso de denuncia de quienes viven violencia sexual’’, señaló la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana. 

 

Por otra parte, con el fin de evitar la revictimización secundaria durante los procesos judiciales por delitos sexuales, la legislación incluye que la víctima y sobreviviente no será enjuiciada, estigmatizada, discriminada ni cuestionada por su relato, conductas o estilo de vida.

Una vez realizada la denuncia ante Carabineros, el Ministerio Público o la Policía de Investigaciones, la declaración de la víctima se recibirá en el menor tiempo posible y se deberá contar con el soporte necesario para evitar que vuelva a realizarse durante la etapa de investigación, a menos que ello sea indispensable para el esclarecimiento de los hechos o que la propia afectada lo requiera. 

En la misma línea, la ley establece que la investigación se efectuará con un enfoque intersectorial, incorporando la perspectiva de género y de derechos humanos. Para esto, todas las instituciones que participen en el proceso deberán realizar planes de formación y perfeccionamiento sobre perspectiva de género. 

Críticas

La ley fue valorada positivamente por distintas figuras y autoridades políticas, ya que representa una señal clara de protección hacia las mujeres que son víctimas y sobrevivientes de violencia sexual. 

Sin embargo, existen críticas respecto a la aplicación de la legislación que podrían problematizar la búsqueda de justicia y reparación. 

En una entrevista previa con El Mostrador, la abogada del Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile (CDH), Natalia Morales, indicó que las definiciones de la ley en cuanto a la tipificación del suicidio son amplias, lo que provoca que quede a disposición del juez una investigación adecuada.

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La Convención de Belém Do Pará sugieren que se tipifique el femicidio en conjunto con el suicidio feminicida, como una modalidad de este tipo de violencia. 

“El tipo penal del suicidio femicida que se incorpora en la ‘Ley Antonia’ es más amplio de lo que esta recomendación señala, porque solamente conecta el resultado del suicidio con el caso previo de violencia de género, y eso desde un punto de vista penal por supuesto que significa un problema, porque hacer esa conexión va a ser difícil en términos proactivos”, comentó Morales.

Cabe recordar que la ley recibe su nombre por el caso de Antonia Barra, joven que se quitó la vida durante el 2019, a raíz de una agresión sexual ejercida por Martin Pradenas, quien en agosto del 2022 fue sentenciado a 20 años de presidio mayor en su grado máximo. 

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