BRAGA
Créditos: AGENCIA UNO.
Nueva ley impide a condenados por femicidio y VIF recibir pensión de sus víctimas
La nueva normativa impide que condenados por femicidio, homicidio, parricidio o maltrato habitual en contexto de VIF accedan a la pensión de sobrevivencia de sus víctimas. El Gobierno evalúa aplicar la medida de forma retroactiva.
La ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Judith Marín, destacó la entrada en vigencia de la ley que impide que personas condenadas por delitos graves puedan acceder a la pensión de sobrevivencia generada por sus víctimas.
La secretaria de Estado calificó como inadmisible que quienes ejercieron violencia pudieran continuar recibiendo recursos derivados del fallecimiento de sus víctimas. En ese sentido, sostuvo que el objetivo del Gobierno es “hacernos cargo y frenar esta injusticia”.
Los delitos que implican la pérdida del beneficio
La nueva normativa establece la pérdida del derecho a la pensión de sobrevivencia para quienes sean condenados por delitos de extrema gravedad, entre ellos femicidio, homicidio, parricidio y maltrato habitual en contexto de violencia intrafamiliar (VIF).
Desde el Ejecutivo explicaron que la prohibición continúa vigente incluso cuando la víctima fallece años después de la agresión, por una enfermedad u otra causa que no esté directamente relacionada con el delito cometido. De esta manera, el responsable penal queda impedido de recibir el beneficio previsional generado por la víctima.
Tribunales deberán informar las condenas
El procedimiento contempla un plazo de tres días desde que la sentencia quede ejecutoriada para que el tribunal correspondiente comunique la condena a la Superintendencia de Pensiones.
Una vez recibida la resolución judicial, el organismo regulador deberá informar a la AFP correspondiente, que será la encargada de aplicar la prohibición y detener el pago del beneficio.
Gobierno evalúa aplicar la medida de forma retroactiva
La entrada en vigencia de la ley también abrió la discusión respecto de personas condenadas antes de su promulgación que actualmente reciben una pensión de sobrevivencia derivada de sus víctimas.
Ante esta situación, la ministra explicó que la normativa original no contempla efecto retroactivo y precisó que “este tipo de normativas entra en vigor tras su promulgación hacia adelante.”
Sin embargo, Marín señaló que el Ejecutivo está evaluando un mecanismo para hacer efectiva la prohibición de manera retroactiva, con el objetivo de abordar situaciones originadas bajo legislaciones anteriores.
Ejecutivo prepara revisión de casos de femicidio
La ministra también anunció la elaboración de un informe consolidado sobre los casos de femicidio y la respuesta entregada por el Estado. A esto se suma el análisis de posibles modificaciones a la ley integral contra la violencia hacia las mujeres.
Según explicó la autoridad, estos ajustes apuntan a fortalecer las sanciones institucionales y avanzar hacia una respuesta estatal que garantice justicia y protección para las víctimas y sus familias.