BRAGA
Gestación subrogada: un debate entre autonomía y explotación
Los recientes casos de Lady Gaga y Lena Dunham volvieron a poner la gestación subrogada en la discusión pública: ¿basta el consentimiento para descartar la explotación? En Chile no existe una regulación específica y el Congreso tramita proyectos que podrían permitirla con condiciones o prohibirla.
Lady Gaga llevaba años hablando de su deseo de ser madre. El pasado 12 de septiembre se conoció el nacimiento de su primer hijo y, días después, que había recurrido a una mujer gestante. La cantante no ha explicado públicamente por qué escogió esta vía y, aunque se han vinculado informaciones sobre sus problemas de salud con la decisión, ella y su pareja no han establecido esa relación.
Cuatro días después fue Lena Dunham quien anunció el nacimiento de su primera hija mediante gestación subrogada. Su historia es diferente y está documentada desde hace años. La creadora de Girls sufrió endometriosis severa y a los 31 años se sometió a una histerectomía que le impidió gestar. Después pasó por un intento fallido de fertilización in vitro. En septiembre relató en Vogue el proceso que finalmente la llevó, junto a su marido Luis Felber, a convertirse en madre a través de otra mujer.
No son casos aislados. Rachel Griffin Accurso, la popular Ms. Rachel de YouTube y Netflix, anunció en 2025 el nacimiento de su segunda hija mediante subrogación y señaló expresamente que razones médicas le impedían llevar el embarazo. La escritora nigeriana Chimamanda Ngozi Adichie también reveló que sus gemelos nacieron de esta manera y posteriormente defendió que la discusión ética depende de las condiciones en que se realiza. Adichie explicó además que decidió transparentarlo para combatir el estigma que pesa sobre las mujeres con dificultades reproductivas.
Los casos muestran experiencias muy distintas: imposibilidad médica para gestar, infertilidad, historias reproductivas complejas y, en otros casos, razones que quienes recurren a la subrogación han decidido mantener en privado. Pero comparten algo: las protagonistas que aparecen en revistas y redes sociales son, normalmente, quienes reciben al niño. Mucho menos visible es la otra mujer involucrada: aquella que atravesó la transferencia embrionaria, nueve meses de embarazo, controles médicos, parto y posparto.
Y es allí donde el debate sobre género cambia de eje.
Autonomía, pero ¿en qué condiciones?
Una de las posiciones feministas sostiene que impedir que una mujer decida gestar para otra persona puede transformarse también en una forma de tutela. Si las mujeres tienen capacidad para decidir si quieren o no embarazarse, la autonomía corporal podría comprender igualmente la facultad de hacerlo voluntariamente para terceros.
La Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO) adoptó en 2025 una posición que no propone prohibir toda subrogación gestacional. La considera éticamente admisible si existe consentimiento libre e informado, ausencia de explotación, protección efectiva de la gestante y garantías para el niño o niña. Sí desaconseja la subrogación tradicional, en que la gestante aporta además su propio óvulo.
La discusión feminista, sin embargo, introduce una dificultad adicional: una decisión puede ser formalmente voluntaria y producirse al mismo tiempo dentro de relaciones profundamente desiguales.
Pablo Aguayo y Mistral Ensignia, investigadores de la Universidad de Chile, plantearon en un estudio publicado en 2025 que el debate puede ordenarse alrededor de tres conceptos: autonomía, explotación y cosificación. Desde una perspectiva de autonomía relacional, sostienen, no basta con constatar que una mujer dijo que sí. Hay que observar las condiciones económicas, familiares y sociales en las que tomó esa decisión. Una mujer empobrecida, dependiente económicamente o presionada por su entorno puede prestar un consentimiento jurídicamente aparente cuya libertad efectiva sea discutible.
Aquí aparece la principal objeción al modelo comercial. Quienes cuestionan la subrogación sostienen que puede establecerse una relación en la que personas con mayor capacidad económica pagan por utilizar durante meses la capacidad reproductiva de mujeres con menos recursos. Agencias, clínicas y abogados pueden además participar de una industria en la cual la gestante no necesariamente ocupa la posición de mayor poder contractual. Los autores chilenos advierten precisamente que la desigualdad socioeconómica y la dimensión transnacional pueden aumentar el riesgo de explotación reproductiva.
El embarazo tampoco es un servicio corporal neutro. Una revisión sistemática publicada en JAMA Network Open, que analizó 28.300 embarazos de gestantes subrogadas, observó mayores probabilidades de trastornos hipertensivos respecto de los embarazos de la población general, aunque la morbilidad materna grave y la mortalidad fueron poco frecuentes. Un estudio canadiense de cohorte encontró, además, una mayor incidencia de morbilidad materna grave entre gestantes subrogadas que entre mujeres con embarazos espontáneos o mediante fertilización in vitro. Son estudios observacionales y no permiten atribuir todo el aumento de riesgo a la subrogación, pero recuerdan un dato básico del debate: es el cuerpo de la gestante el que asume los riesgos médicos del embarazo y del parto.
El problema tampoco desaparece llamándola “altruista”
Eliminar el pago intenta sacar al mercado de la ecuación, pero no resuelve automáticamente todas las objeciones. Una hermana, prima o amiga puede ofrecerse genuinamente a gestar; también puede experimentar expectativas familiares o presiones difíciles de medir. Desde otro ángulo feminista surge una pregunta adicional: en sociedades donde el trabajo reproductivo y de cuidados ha recaído históricamente de forma desproporcionada sobre las mujeres, ¿hasta dónde puede exigirse que nueve meses de trabajo corporal sean precisamente “altruistas”?
La posición contraria responde que asumir que una mujer que decide gestar necesariamente está siendo manipulada también puede desconocer su capacidad de decisión. Aguayo y Ensignia advierten sobre esa tensión: considerar inválido el consentimiento de una mujer solo por su condición económica puede terminar reduciendo todavía más sus opciones. Su análisis no concluye que toda subrogación sea explotación; plantea que esta depende, entre otros factores, de las condiciones del acuerdo, los daños y beneficios involucrados y la calidad real del consentimiento.
La distinción también aparece en el derecho internacional. La Unión Europea incorporó en 2024 la explotación de la subrogación dentro de su normativa contra la trata de personas, pero la norma no declara que toda gestación subrogada constituya trata. Su objetivo específico es perseguir situaciones en que mujeres sean coaccionadas, engañadas o captadas mediante abuso de vulnerabilidad para actuar como gestantes.
Chile: del vacío legal a tres caminos distintos
Chile todavía carece de una legislación específica sobre gestación subrogada. La Biblioteca del Congreso Nacional ha señalado que el artículo 182 del Código Civil regula aspectos de filiación vinculados a técnicas de reproducción asistida, pero no establece un régimen para los acuerdos mediante los cuales una mujer gesta para terceros.
Ese vacío comenzó a moverse rápidamente durante 2026.
En el Senado, la Comisión de Mujer y Equidad de Género aprobó el 7 de septiembre, por tres votos contra uno, la idea de legislar un proyecto de gestación por subrogación altruista. La propuesta exige que la gestante tenga más de 25 años, haya sido madre previamente y participe sin remuneración; además contempla una autorización judicial destinada a otorgar certeza al proceso y propone establecer la filiación a partir de la voluntad procreacional de quienes buscan convertirse en padres.
En paralelo, la Comisión de Salud del Senado estudia el boletín 17.922-11, que regula la procreación asistida mediante transferencia embrionaria a una gestante. Esa propuesta también prohíbe el lucro comercial, contempla evaluaciones médicas y psicológicas y plantea requisitos como que la gestante haya cursado antes un embarazo. El Senado ha señalado que ambas iniciativas podrían refundirse.
Pero existe también el camino contrario. La Comisión de Familia de la Cámara despachó en julio a la Sala el proyecto 17.337-07, presentado originalmente para prohibir y sancionar la maternidad subrogada. Durante su discusión aparecieron justamente los argumentos que atraviesan el debate feminista: el peligro de convertir el cuerpo femenino en un medio reproductivo, las dificultades para distinguir una compensación de un pago encubierto, el posible aprovechamiento de mujeres vulnerables y, al otro lado, la defensa de la autonomía y la regulación como mecanismo para reducir abusos.
Por eso la discusión que abrieron Lady Gaga, Lena Dunham, Chimamanda Ngozi Adichie o Ms. Rachel no se agota en preguntar por qué mujeres famosas deciden no —o no pueden— gestar a sus propios hijos. Desde una perspectiva de género, la pregunta decisiva está también al otro extremo del acuerdo: quién es la mujer que sí gesta, por qué aceptó hacerlo, qué capacidad tiene de cambiar de opinión, quién controla las decisiones médicas durante el embarazo, quién obtiene beneficios económicos y quién asume los riesgos.
El debate chileno tendrá que resolver precisamente esa tensión. Una regulación puede reconocer la autonomía reproductiva y, al mismo tiempo, establecer salvaguardias frente a la coerción y la desigualdad. La posición prohibicionista sostiene, en cambio, que ciertas asimetrías son inseparables de la práctica y que ninguna regulación consigue neutralizarlas completamente. Esa diferencia —más que las decisiones individuales de una celebridad— es la que separa hoy las distintas miradas sobre la gestación subrogada.