
Bono de Protección: familias que podrán recibirlo en septiembre
La invitación es enviada por el Ministerio de Desarrollo Social a través de una carta de compromiso. Una vez que se firma esta carta, se procede a gestionar el pago mensual del bono.
El Bono de Protección, también llamado Bono Dueña de Casa, es un subsidio dirigido a familias, con un enfoque prioritario en las mujeres.
Este beneficio se otorga durante un período de 24 meses (dos años) y solo se requiere cumplir con un único requisito para acceder a él.
Quiénes pueden recibir el Bono de Protección en septiembre
El Bono de Protección se otorga de forma automática, sin necesidad de postulación, a todas las familias y personas beneficiarias del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades, siempre que cumplan con la siguiente condición:
- Hayan aceptado la invitación a participar en uno de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos).
La invitación es enviada por el Ministerio de Desarrollo Social a través de una carta de compromiso. Una vez que se firma esta carta, se procede a gestionar el pago mensual del bono. Por lo tanto, a partir de septiembre, los hogares que ya aceptaron la invitación en meses anteriores podrían comenzar a recibir el bono.
Los montos del Bono de Protección varían según el tiempo que la familia haya estado recibiendo el beneficio. A continuación se detallan los montos correspondientes según la duración como beneficiario:
- Los primeros seis meses asciende a $22.674.
- Desde el mes 7 al mes 12: $17.256.
- Desde el mes 13 al mes 18: $11.864.
- Desde el mes 19 al 24: $21.243.
Qué integrante de la familia recibe los pagos
Los pagos del Bono de Protección se entregan a la familia siguiendo el siguiente orden de prioridades:
- Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
- Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
- Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
- Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
- Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
- Prioridad 6: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
Los montos del beneficio se transfieren a través de la Cuenta RUT de BancoEstado a la persona designada como cobradora asignada.
Si esta persona no cuenta con una Cuenta RUT, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia se encargará de gestionar la apertura de una.