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Feriado del jueves 16 de julio: lo que puedes exigir si trabajas y qué pasará con el comercio DATOS ÚTILES Cedido

Feriado del jueves 16 de julio: lo que puedes exigir si trabajas y qué pasará con el comercio

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Si te toca trabajar este jueves 16 de julio, hay un recargo obligatorio en tu sueldo que debes revisar en tu liquidación. Te detallamos cómo operarán los supermercados y qué pasa con el día viernes.


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Este jueves 16 de julio se conmemora en Chile el Día de la Virgen del Carmen, festivo nacional instaurado bajo la Ley N° 20.148. Al tratarse del octavo feriado del año, son miles las personas en la Región Metropolitana que se preguntan cómo operará el comercio y qué derechos tienen si deben acudir a sus lugares de trabajo.

A diferencia de las fiestas patrias o año nuevo, este festivo no tiene carácter de irrenunciable. A continuación, resolvemos las dudas más frecuentes para organizar tu jornada.

¿Cómo funcionarán los supermercados y malls este jueves?

Al no ser un feriado irrenunciable, la Ley de Feriados no obliga al comercio a cerrar sus puertas. Sin embargo, los establecimientos suelen ajustar sus horarios habituales:

  • Supermercados y grandes tiendas: Operan en horario correspondiente a domingo o festivo. Por lo general, la apertura se mantiene normal, pero el cierre se adelanta a las 20:00 hrs.

  • Centros comerciales y cines: Funcionan con normalidad en sus horarios festivos.

  • Comercio de barrio y farmacias de turno: Abren de manera habitual, sujeto a la planificación de cada dueño o al turno fijado por la SEREMI de Salud.

Dato clave: Te recomendamos revisar las redes sociales directas de tu cadena de supermercado (Lider, Jumbo, Unimarc, Santa Isabel) antes de salir, ya que algunas sucursales ajustan la apertura según la dotación de personal.

¿Te toca trabajar el 16 de julio? Esto te corresponde por ley

Si tu contrato contempla jornadas de lunes a viernes o turnos rotativos que incluyen días festivos, debes tener en cuenta los siguientes puntos respaldados por la Dirección del Trabajo (DT):

  1. Pago adicional: Las horas trabajadas durante un día feriado se consideran horas extraordinarias y deben pagarse con un recargo mínimo del 50% sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria.

  2. Descanso compensatorio: En caso de que tu jornada esté distribuida en un sistema especial, el empleador deberá otorgar un día de descanso compensatorio por el festivo trabajado.

¿Hay “viernes sándwich” el 17 de julio?

No de forma automática. La legislación laboral chilena no establece feriados “puente” o “sándwich” por el solo hecho de que un festivo caiga día jueves. El viernes 17 de julio es un día hábil regular.

Para tomarse ese día libre, se debe llegar a un acuerdo formal con el empleador mediante alguna de estas vías:

  • Solicitud de día administrativo (si el contrato o convenio colectivo lo contempla).

  • Descuento de un día de vacaciones legales.

  • Acuerdo individual o colectivo de recuperación de horas.

¿Cuántos feriados quedan en el año?

Tras la jornada del 16 de julio, el calendario mantendrá 8 días festivos pendientes, de los cuales solo dos consecutivos en septiembre son irrenunciables:

  • Sábado 15 de agosto: Asunción de la Virgen.

  • Viernes 18 de septiembre: Independencia Nacional (Irrenunciable).

  • Sábado 19 de septiembre: Día de las Glorias del Ejército (Irrenunciable).

  • Lunes 12 de octubre: Encuentro de Dos Mundos.

  • Sábado 31 de octubre: Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes.

  • Domingo 1 de noviembre: Día de Todos los Santos.

  • Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

  • Viernes 25 de diciembre: Navidad (Irrenunciable).

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