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Dirección General de Aguas de Coquimbo multa a agrícola de Luksic por extracción «no autorizada» de aguas en el Valle del Elqui MERCADOS Crédito: ATON

Dirección General de Aguas de Coquimbo multa a agrícola de Luksic por extracción «no autorizada» de aguas en el Valle del Elqui

La multa contra agrícola El Cerrito S.A., de propiedad del acaudalado empresario, es por 1.100 UTM por «la extracción no autorizada de aguas superficiales desde una bocatoma no autorizada instalada directamente en la ribera izquierda del Estero Derecho, en el tramo que este recorre el Fundo El Cerrito» en la comuna de Paihuano. De acuerdo con la resolución, la bomba tendrá que ser retirada, ya que El Cerrito debe efectuar «la deshabilitación total del sistema de captación de aguas superficiales no autorizado, retirando todas las instalaciones correspondientes a la caseta de la bomba, tablero eléctrico y tubería» [ACTUALIZADA]


La Dirección General de Aguas de la Región de Coquimbo multó a la agrícola El Cerrito S.A., de propiedad del empresario Andrónico Luksic, por la extracción no autorizada de aguas superficiales del estero Derecho, en el sector Pisco Elqui de la comuna de Paihuano.

En concreto, la multa es por 1.100 UTM por «la extracción no autorizada de aguas superficiales desde una bocatoma no autorizada instalada directamente en la ribera izquierda del Estero Derecho, en el tramo que este recorre el Fundo El Cerrito».

El hecho se originó en diciembre del 2020, cuando un grupo de agricultores de la zona denunció que, en el Fundo Cerrito, donde opera la empresa Agrícola El Cerrito, y que produce uva de exportación, había un punto de extracción de agua irregular.

Posteriormente, Ciper confirmó la denuncia con un video que obtuvieron de uno de los trabajadores.

La bomba registrada en el video tendrá que ser retirada, según se observa en la resolución de la DGA, ya que El Cerrito debe efectuar «la deshabilitación total del sistema de captación de aguas superficiales no autorizado, retirando todas las instalaciones correspondientes a la caseta de la bomba, tablero eléctrico y tubería».

En caso de que no se cumpla lo resuelto, se podrá sancionar a la empresa duplicando el monto original de la multa. “Téngase presente que el incumplimiento del ordenado en el resuelvo anterior implicará la reiteración de la infracción la cual se podrá sancionar duplicando el monto original de la multa”, señala la resolución.

Además, ordena remitir copia del expediente al Ministerio Público, con el fin de que se incorporen estos antecedentes en la causa que se tramita en la Fiscalía Local de Vicuña.

En todo caso, la resolución podrá ser impugnada por las partes a través de los recursos especiales establecidos en los artículos 136 137 del Código de Aguas dentro de un plazo de 30 días desde la notificación

Cabe destacar que, de acuerdo al mismo reportaje de Ciper, “la misma agrícola ha enfrentado sumarios sanitarios por el uso de agroquímicos en sus plantaciones de uva y los vecinos de Paihuano denuncian que esos químicos los intoxican”.

Lea la resolución completa en el siguiente link.

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